Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº00159/23

Decreto Nº 00159/23

Coronel Pringles, 27/01/2023

Visto

y

Considerando

la nota presentada por el área de Recaudación, y los Expedientes Nº 0051; 0134, y 0198/23 iniciados por el Sr. Casquero Rafael, Director de Ingresos Públicos; por la Sra. Fusari Paula, Directora de Comunicación, y por el Sr. Vázquez Mauricio, Tesorero Municipal, mediante los cuales solicitan designación del personal a su cargo y pago de bonificación por extensión extra laboral a distintos agentes por realizar tareas con mayor carga horaria, no existiendo inconveniente alguno en acceder a lo requerido; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Ratifíquese la designación de los agentes que a continuación se   detallan como Personal de Planta Temporaria – Destajista - Artículo 70º, Inciso “2”, de la Ley 14.656, para realizar la tarea de reparto de recibos, con un valor de $32,57 por unidad repartida, de acuerdo a certificación del área, a partir del 01/01/23 y hasta el 31/01/23, déjese aclarado que el reparto pertinente, por parte de las personas designadas deberá realizarse de lunes a viernes de 8,00 a 20,00 horas:

LEG.

APELLIDO Y NOMBRE

TASAS

CANT.

PERIODO

IMPORTE

5207

AGOPIAN CRISTIAN

ABL/SAN.

880

01/23

$28.661,60

1481

ALBARRACIN MONICA

ABL/SAN.

620

01/23

$33.221,40

RED VIAL

400

01/23

4370

ARTOLA LETICIA

ABL/SAN.

680

01/23

$49.832,10

RED VIAL

400

01/23

RECUP. FOND.

450

01-02-03/23

3776

CASTIGLIONI MARINA

ABL/SAN.

800

01/23

$26.056,00

4717

ELORMENDI EZEQUIEL

ABL/SAN.

610

01/23

$34.524,20

RECUP. FOND.

450

01-02-03/23

3326

MARTINEZ CARMEN

ABL/SAN.

480

01/23

$15.633,60

3616

OLAZAR ADRIANA

ABL/SAN.

500

01/23

$16.285,00

3206

PAZ CLAUDIA

ABL/SAN.

700

01/23

$24.427,50

RED VIAL 

50

01/23

5202

SCHMIDT FLAVIA

ABL/SAN.

450

01/23

$14.656,50

2658

GUEVARA GUSTAVO

ABL/SAN.

500

01/23

$16.285,00

ARTICULO 2°: Ratifíquese la designación de los agentes que a continuación se

  detallan como Personal de Planta Temporaria – Destajista - Artículo 70º,  Inciso “2”, de la Ley 14.656, para realizar la tarea de reparto de recibos, con un  valor de $32,57 por unidad repartida, de acuerdo a certificación del área, a partir del 01/02/23 y hasta el 28/02/23, déjese aclarado que el reparto pertinente, por parte de las personas designadas deberá realizarse de lunes a viernes de 8,00 a  20,00 horas:

LEG.

APELLIDO Y NOMBRE

TASAS

CANT.

PERIODO

IMPORTE

5207

AGOPIAN CRISTIAN

ABL/SAN.

880

02/23

$28.661,60

1481

ALBARRACIN MONICA

ABL/SAN.

620

02/23

$47.877,90

RED VIAL

400

02/23

SEG. HIG.

450

01/23

4370

ARTOLA LETICIA

ABL/SAN.

680

02/23

$35.175,60

RED VIAL

400

02/23

3776

CASTIGLIONI MARINA

ABL/SAN.

800

02/23

$26.056,00

4717

ELORMENDI EZEQUIEL

ABL/SAN.

610

02/23

$19.867,70

2658

GUEVARA GUSTAVO

ABL/SAN.

950

02/23

$45.598,00

SEG. HIG.

450

01/23

3326

MARTINEZ CARMEN

ABL/SAN.

480

02/23

$15.633,60

3616

OLAZAR ADRIANA

ABL/SAN.

500

02/23

$16.285,00

3206

PAZ CLAUDIA

ABL/SAN.

700

02/23

$24.427,50

RED VIAL 

50

02/23

5202

SCHMIDT FLAVIA

ABL/SAN.

720

02/23

$23.450,40

ARTICULO 3°: Ratifíquese la designación del agente FLORES Oscar Alejandro, D.N.I. Nº 40.226.377, en Planta Temporaria, Artículo 111º, - Personal Temporario de la Ley 14.656, con régimen de 35 horas semanales, para desempeñar tareas administrativas en la Tesorería Municipal, a partir del 01/01/23 y hasta el 30/06/23. Expediente Nº 0198/23.

ARTICULO 4º: Ratifíquese el pago de una bonificación en concepto de extensión extra laboral a los agentes que a continuación se detallan, por haber realizado tareas con mayor carga horaria desde el 15/12/22 y hasta el 15/01/23 en las áreas de Recaudación y Comunicación, conforme lo establecido en el Artículo 74° de la Ley 14.656.

Legajo Nº

Apellido y Nombre

Importe

4027

BAILONE CRISTIAN

$16.749,82/ 21 HS

3701

ELCANO GUILLERMO

$21.317,95/ 21 HS

5570

BELOSCAR GRACIELA

$42.992,40

5092

TEAR MAURO

$42.992,40

4699

BELLO ALDANA

$42.992,40

ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, y publíquese dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 0159/23.