Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2530/2023

Decreto Nº 2530/2023

Coronel Suárez, 25/08/2023

Visto

la Ordenanza Municipal N° 7939/20 y Decreto Reglamentario N° 538/21 que establece la Carrera Profesional Hospitalaria, y

Considerando

  • La renuncia de dos profesionales bioquímicas del staff estable del área  que desarrollan tareas en el Hospital Municipal “Dr. Raúl Caccavo”,
  • Que se requiere la urgente incorporación de profesionales bioquímicos para el sostenimiento de las tareas básicas del área funcional afectada,
  • Que el laboratorio central además de las tareas respectivas de internación del Htal Raúl Caccavo, abastece las necesidades asistenciales ambulatorias de todo el distrito de Coronel Suarez, absorbiendo los estudios programados del Htal Lucero del Alba, así como también derivaciones de los CAPS.
  • Que el staff afectado cubre las guardias de urgencias durante todo el año en días hábiles y no hábiles,
  • Que la ordenanza citada exige el ingreso del personal profesional sanitario al régimen establecido como carrera profesional hospitalaria,
  • Que la Dirección del Hospital “Dr. Raúl Caccavo” ha solicitado la designación de personal interino en uso de sus funciones establecido en la ordenanza de la Carrera Profesional Hospitalaria,

Por ello, el Intendente del Partido, en uso de sus atribuciones;

 

D E C R E T A

 

ART. 1 Desígnese a partir del día 14 de agosto del corriente año, a la profesional                  - - - - - bioquímica MARÍA FLORENCIA WISNER – DNI 35.795.890, en  del HOSPITAL “DR. RAUL CACCAVO”, en carácter de interino hasta la constitución del concurso correspondiente, y sujeto a las siguientes condiciones:

OBJETO: El Trabajador se desempeñará realizando tareas como Profesional Bioquímico en todas aquellas áreas que determine el organigrama del Hospital Raúl Caccavo y dependencias prestacionales de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.

Formará parte del equipo profesional del Servicio de Servicios Centrales, en el área de Laboratorio cumpliendo las tareas inherentes a la profesión de bioquímico y reconocerá como autoridad jerárquica a quien el organigrama institucional establezca como superior, en tanto Coordinadores de área, Jefes de Servicio, Administrador o Director del Hospital y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organi­zación y correlación del Establecimiento.

DEBERES: Será deber del trabajador cumplir con los requerimientos reglamentarios, administrativos y legales que surgieran directamente de la ejecución de su trabajo como profesional bioquímico de la Secretaria de Salud del Municipio de Coronel Suarez.

RÉGIMEN LABORAL: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; para este cargo en particular, regirá un régimen horario semanal de 40 hs, sin bloqueo de título.

 

REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F0.

DIAS Y HORARIOS: Los días y horarios de trabajo, se dispondrán sobre la base de la organización de la respectiva institución, según los requerimientos y necesidades de la planificación y ejecución de la actividad.

La distribución horaria asignadas a tareas bioquímicas asistenciales desprendidas de las funciones del área de Laboratorio se establece en 28 horas laborales (regulares semanales), 12 horas de guardia pasiva semanales de lunes a viernes (equivalentes a 6 horas en modalidad activa), y dos (2) guardias pasivas de 24 hs de fin de semana al mes (equivalentes a 6 horas semanales en modalidad activa), debiendo registrar ingreso y egreso.

UNIDAD FUNCIONAL: involucra las funciones técnico-administrativas del equipo multidisciplinario destinado al diagnóstico y análisis clínico humano que contribuyen al estudio, tratamiento  y prevención de patologías asistidas en el ámbito de la incumbencia de la Secretaria de Salud. Involucra disciplinas como la bioquímica, química clínica, hematología, inmunología y la microbiología.

Asiste la atención de las diferentes dependencias del Htal Raúl Caccavo tanto en su modalidad ambulatoria, internación, emergencias y la derivación de centros como CAPS u Hospital Lucero del Alba.

Forma parte del equipo de salud que actúa en los distintos sectores, y de las actividades médico/técnicas destinadas al diagnóstico y tratamiento, la enseñanza y la investigación, y asistencia a los pacientes afectados al sector o de incumbencia de la especialidad.

FUNCIONES:

  • Prestar trabajo profesional referido a especialidad en la asistencia a los pacientes que requieren del sistema de salud, incluyendo las tareas actividades técnico administrativas relacionadas a su actividad, en tanto la asignación de tareas determinadas por la organización del sector, y atento a la distribución programática establecida por el equipo jerárquico.
  • Extraer, recepcionar y procesar muestras para su posterior análisis y validación
  • Interactuar, organizar y conducir el recurso humano dispuesto en su turno, atendiendo a la capacidad y categoría del personal y las normas de funcionamiento establecidas, asegurando el buen funcionamiento para la mejor atención de los pacientes.
  • Prestar disponibilidad durante la totalidad del tiempo que dure la asignación de su turno.
  • Prestar trabajo en las áreas a las que sea asignado por el equipo jerárquico, lo que establezca el organigrama institucional o las normativas de distribución laboral que se encuentren vigentes.
  • Coordinar y supervisar las acciones asistenciales de personal que pudiese estar bajo su tutela y responsabilidad.
  • Dar cumplimiento a las pautas de trabajo con el resto de las especialidades y coordinar su trabajo con los demás sectores y actores del sistema asistencial.
  • Ser responsable de todas las actividades técnico-administrativas y profesionales que se desarrollen en función del área de acción de la especialidad.
  • Participar de los programas de calidad institucional.
  • Participar de los mecanismos de comunicación formal e informal entre los distintos niveles de la estructura de Salud, así como en el área.
  • Garantizar una correcta información al paciente.
  • Cumplir con los objetivos generales de la Dirección del hospital y su plan estratégico de gestión.
  • Reconocerá como autoridad jerárquica superior inmediata al Jefe de Servicio, y subsidiariamente al del Director del Hospital, quien podrá valerse de otros Jefes de Servicio, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organi­zación y correlación del Establecimiento.
  • Cumplir y hacer cumplir las normativas institucionales.
  • Promover un buen ambiente de trabajo.
  • Fiscalizar al personal, pudiendo elevar sus observaciones sobre mal cumplimiento de funciones a la Dirección del Hospital o Área de Recursos Humanos.
  • Ejercer la docencia e investigación y procurar transmitir sus conocimientos y experiencia a sus colaboradores para asegurar la formación del nivel científico.
  • Participar de los ateneos, reuniones institucionales, comisiones temporarias o permanentes, toda vez que sea convocado.
  • Capacitarse de acuerdo a las necesidades del servicio tras la incorporación de nuevas tecnologías

 

 

ART. 2 Cúmplase, Comuníquese, regístrese y oportunamente archívese. -

 

                               

 

DECRETO Nº 2530