Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2467/2023
Coronel Suárez, 18/08/2023
Visto
la sanción de la Ordenanza nº 7.990/23, mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el Municipio, y -
Considerando
Que de conformidad a lo previsto en los art. 6º y 13º de la Ordenanza, el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;
Que el requirente Sr. PAZ ALBERTO ANDRÉS – DNI 13.770.585, solicita hacer uso del mismo para afrontar costo de una placa bloqueada anatómica para extremo distal de radio marca “sai nacional”, por fractura de muñeca.
Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 12 y 13, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 243.500,00 al requirente;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Otorgar la suma de $ 243.500,00 (Pesos doscientos cuarenta y tres mil - - - - - quinientos) por única vez al requirente Sr. PAZ ALBERTO ANDRÉS – DNI 13.770.585, para afrontar costo de una placa bloqueada anatómica para extremo distal de radio marca “sai nacional”, por fractura de muñeca, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART.2º: El presente beneficio se otorga sin cargo de devolución, en virtud de - - - - - la Ordenanza nº 7.990/23, comprometiéndose el peticionante a su reintegro en la medida que mejore en el futuro, su situación socio-económica.-
ART.3º: A través de Subsecretaría Legal y Técnica, se confeccionará el respectivo - - - - - convenio con el peticionante.-
ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la - - - - - pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme las disposiciones vigentes.-
ART.5º: Por Contaduría se liquidará el gasto que origine el cumplimiento de lo - - - dispuesto en el artículo primero, previa imputación a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria” - Objeto del Gasto: 5.1.4.0. “Ayudas Sociales a Personas” - Fte.Fto.131 – Recurso: 12.9.03.00.-
ART.6º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-