Boletines/General Belgrano
Ordenanza Nº 86/2023
General Belgrano, 15/11/2023
VISTO
La necesidad de ordenar el estacionamiento de vehículos denominados casas rodantes o motor home, y
CONSIDERANDO
Que es necesario ordenar el estacionamiento de dichos vehículos en el distrito.
Que es sumamente importante garantizar el ordenamiento de dichos vehículos de cara a una nueva temporada estival,
Que nuestro distrito cuenta con un predio de camping municipal destinado a tal efecto,
Que es también una cuestión de seguridad para los mismos turistas que vacacionan en nuestra ciudad en dichos vehículos,
Que es potestad de este Honorable Cuerpo reglamentar todo lo ateniente a estacionamiento.
Por ello, y
Atento el despacho de las comisiones que fuera aprobado por unanimidad:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Prohíbase el estacionamiento de vehículos denominados casas rodantes o motor home en la vía pública del distrito, salvo que el propietario de la misma sea residente local y dicho vehículo este temporalmente estacionado en el frente de su domicilio.
ARTÍCULO 2º: Determínese que el único lugar donde pueden estacionarse los vehículos mencionados anteriormente sea el Camping Municipal y/o el lugar que la Dirección de Turismo , o quien en el futuro la reemplace decida en el caso que dicho predio se encontrare lleno.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al departamento ejecutivo para su conocimiento y efectos.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.