Boletines/General Belgrano
Resolución Nº 155/2023
General Belgrano, 21/06/2023
Visto
el expediente Nº 4041-D-12694/2022, y;
Considerando
Que a fojas 44, el Sr. Fernando Daniel Parisi, solicita la renovación de la Habilitación de un vehículo de su propiedad, para Transporte de Pasajeros.
Que la parte solicitante ha presentado la documentación requerida en la normativa vigente, aceptando las obligaciones tributarias dispuestas en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.
Que a fojas 52, la Dirección de Habilitaciones Comerciales informa que ha dado cumplimiento a los requisitos dispuestos en la Ordenanza 102/18.
Que a través del convenio suscripto con el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires (Dirección Provincial del Transporte), en su cláusula primera delega a la Municipalidad a autorizar y controlar la prestación de servicios públicos de autotransporte de pasajeros especializados en categoría Escolar referidos en los artículos 17º - infine – del Decreto Ley número 16378/57 (Ley Organiza del Transporte de Pasajeros) y 33º siguientes, concordantes del Decreto Nº 6864/58, cuyo recorrido no exceda los limites territoriales del municipio.
Que corresponde el dictado del acto administrativo para la habilitación del vehículo.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
R E S U E L V E
Artículo 1°: Habilitar a partir del 21 de junio de 2023, y por el término de un (1) año, el “Servicio de transporte automotor de pasajeros N.C.P.” Código: 492190, Inscripción Municipal Nº 107, Vehículo Marca: 29 Mercedes Benz – Modelo – CD-BMO 390 Version 1315L/52 – Año: 2008, Dominio HFD995, propiedad de Fernando Daniel Parisi, CUIT 20-20215495-7, del partido de General Belgrano.--
Artículo 2°: Notificar al comerciante que deberá solicitar anualmente la renovación del Certificado de Habilitación.--
Artículo 3º: Establecer como fecha de vencimiento de la presente habilitación el día 20 de junio de 2024 inclusive.--
Artículo 4°: Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Secretario de Gobierno Héctor Daniel Arias.--
Artículo 5°: Cumplir, comunicar a la parte interesada, tomar razón Procesamiento de Datos, Legales de Ingresos Públicos, Habilitaciones Comerciales, dar al Registro de Resoluciones, Boletín Oficial, publicar y archivar.--