Boletines/Pilar
Decreto Nº 1235/17
Pilar, 07/04/2017
Corresponde al Expediente N° 166/05
Pilar,
Visto
El expediente de la referencia por el cual se crea la Tasa de Mantenimiento de las asociaciones de bomberos voluntarios de Pilar, Del Viso y Pte. Derqui, y
Considerando
Que la mencionada tasa fue creada mediante Ordenanza Municipal n° 288/04 y Decreto n°40/05,
Que se establece el pago de lo recaudado por la tasa en seis bimestres anuales,
Que su distribución se haga efectiva en partes iguales para los tres cuarteles del partido,
Que ha tomado intervención la Contaduría Municipal y el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo,
Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°.= Atento a lo expuesto en los considerandos, otórguese a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Pilar, Del Viso y Pte. Derqui la suma de $ 1.198.328,39.- (Pesos un millón ciento noventa y ocho mil trescientos veintiocho con treinta y nueve centavos) en concepto de Tasa de Mantenimiento de Asociaciones de Bomberos Voluntarios, por los bimestres Enero-Febrero de 2017.-
ARTICULO 2°. = En cumplimiento del Artículo 5° del Decreto n° 40/05, distribúyase el monto otorgado en el Artículo Primero de la siguiente manera:
ENTIDAD | IMPORTE |
Asoc. Bomberos Voluntarios PILAR |
$ 399.442.80.- |
Asoc. Bomberos Voluntarios DEL VISO | $ 399.442.80.- |
Asoc. Bomberos Voluntarios PTE. DERQUI | $ 399.442.78.- |
ARTICULO 3°.= El presente gasto será imputado a la cuenta - Jurisdicción: 1.1.1.01.11.000 - categoría programática: 35 - Ejecución de Políticas de Defensa Civil - Fuente de financiamiento: 1.3.1.-
ARTICULO 4º.= Dese al Registro Municipal, intervenga la Secretaria de Economía y Hacienda y Dirección de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias ARCHIVESE.