Boletines/Pilar
Decreto Nº 1166/17
Pilar, 03/04/2017
Corresponde al Expediente N°007344/16
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia mediante el cual la Unión del Personal Civil de la Nación solícita se le otorgue código de descuento de Cuota Sindical del 2% y Cuota Social del 3%, la Ley Nacional N 23551 y,
Considerando
Que la entidad gremial, desde fojas 39 a fojas 46, ha cumplimentado con presentación de la documentación requerida según lo previsto en el artículo 38 de la ley Nacional N° 23551.
El Señor Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1°: Asígnese a la Unión del Personal Civil de la Nación, los códigos de descuento correspondientes a fin de retener de los haberes del personal afiliado a la misma la Cuota Sindical del 2% y la Cuota Social del 3%.
ARTICULO 2°: Dichos códigos tendrán vigencia a partir de los salarios correspondientes al mes de abril del corriente año y para tal fin la asociación gremial deberá presentar en original las afiliaciones correspondientes con la conformidad del trabajador.
ARTICULO 3°:Dese al Registro Municipal, publíquese, notif,íquese a la Unión Personal Civil de la Nación, con las debidas constancias, ARCHIVESE.