Boletines/Magdalena
Ordenanza Nº 4132-24
Magdalena, 07/09/2023
V I S T O:
El desarrollo en sistemas administrativos e informáticos tendiente a la mejora en las registraciones de las atenciones realizadas en Salud permitiendo tanto la implementación de la historia clínica digital como la reorganización del sistema de facturación a los financiadores y;
C O N S I D E R A N D O:
Que por la crisis económica y el estado del sistema de Salud Provincial público, la demanda de los servicios de Salud que presta tanto el Hospital Municipal Santa María Magdalena como las Unidades Sanitarias se ha incrementado en forma exponencial.
Que ese incremento genera la necesidad de contar con mayor financiación por parte de las Obras Sociales y otros financiadores,
Que se han implementado sistemas informáticos y organizativos tendientes a mejorar la administración de los trámites de facturación y cobro a las Obras Sociales, permitiendo aumentar el registro de las atenciones realizadas en el Sistema de Salud,
Que para ello, fue y será necesaria la colaboración no solo del personal de facturación y estadística, sino también del resto de las áreas tendiente a que cada paciente atendido sea registrado.
Que es decisión del Departamento Ejecutivo que parte de los fondos recibidos, producto de la facturación realizada, sea distribuida en forma equitativa entre todos los empleados de la Jurisdicción de Salud Municipal en forma periódica, ya que son parte fundamental de dicho sistema y día a día demuestran el compromiso y la responsabilidad con la cuál trabajan.
Que en reunión mantenida con quienes serán beneficiarios de esta distribución, manifestaron estar de acuerdo con este sistema de distribución.
Que muchos de ellos, vecinos de nuestra localidad han respondido siempre que el sistema de salud los ha requerido.
Que es necesario la sanción de una ordenanza que determine y reglamente los mecanismos para distribuir los fondos mencionados, asegurando la continuidad en el tiempo y que el esfuerzo por mantener y continuar con las mejoras sea recompensado a los agentes alcanzados.
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Establécese de un sistema de distribución del veinte por ciento (20%) de los fondos cobrados por la Municipalidad de Magdalena en concepto de facturación a Obras Sociales y otros financiadores de Salud, en forma equitativa entre los Agentes Municipales, de planta permanente y temporaria, correspondientes a la Jurisdicción de Salud 1110104000
ARTICULO 2º: Se distribuirán en forma semestral considerando los períodos marzo-agosto y septiembre-febrero para el cómputo de los fondos efectivamente cobrados por el municipio. El pago a los agentes se realizará en los meses de marzo y septiembre.
ARTICULO 3º: No formarán parte del total a distribuir, aquellos provenientes de sistemas “capitados”.-
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo, deberá reglamentar la forma en que se abonará y determinar los agentes activos al momento de cada pago, excluyendo a los Directores del Area.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL 2023.
Registrado bajo el Nº 4132/23.-
Fdo.
Mariel Semino
Presidente HCD
Fdo.
Raul Gomez
Secretario HCD