Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3164
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/11/2023
Visto las presentes actuaciones, referidas la solicitud presentada a fs. 1 por Nicolás Garro, en representación del Centro de Veteranos de Malvinas, solicitando la eximición de los Derechos de Construcción, cargados sobre el inmueble identificado con la partida inmobiliaria N.° 47.485, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 27 obra copia fiel de la ordenanza donde se convalida el convenio de comodato suscripto entre el Centro de Veteranos de Malvinas de Bahía Blanca y la municipalidad de Bahía Blanca. Y a fs. 28 obra copia fiel del decreto N.° 8- 2639/2015 de promulgación de dicha ordenanza;
Que, de fs. 30 a 33 obra copia del convenio de comodato entre el Centro de Veteranos de Malvinas de Bahía Blanca y la municipalidad de Bahía Blanca;
Que, a fojas 41 el Departamento Contralor de Obras Particulares informa que se presentó con fecha 24 de mayo del 2017 un expediente municipal con permiso de construcción N.° 441-C-2017, cuya partida es N.º 47.485 que a la fecha se encuentra sin aprobar, trata de locales cualquier destino sin vivienda, con superficie de 175.19m cuadrados cubiertos, cuyos derechos de construcción ascienden a $23.653,02;
Que, a fs. 49 el Departamento Territorial informa que el “inmueble designado catastralmente como: Circ.: II Secc.: A- Mz.: 95 m Parcela: 5 f - Partida: 47485 el mismo es propiedad de la Dirección de Vialidad Nacional, se encuentra incluido en el listado de inmuebles transferidos a la Municipalidad de Bahía Blanca por Ordenanza 15689, esto no prosperó, por lo que aún son propiedad de Dirección Nacional de Vialidad. Existe un convenio de comodato entre Municipalidad de Bahía Blanca y por el Centro de Veteranos de Malvinas durante 10 años, aprobado Decreto 8- 2371/2015 con fecha 14 de Octubre de 2015, convalidado por Ordenanza 18290 de fecha 24 de Noviembre 2015.”;
Asimismo, a fs. 49 se informa que mediante la Ordenanza N.°18.290: “…Se convalida Convenio de Comodato entre el Centro de Veteranos de Malvinas, Unión de Suboficiales, Veteranos de Malvinas de Bahía Blanca y la Municipalidad de Bahía Blanca para la construcción del Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas por lo que a efectos de poder continuar con la tramitación de eximición de los derechos de construcción, se solicita a ese Departamento que vincule tributariamente como destinatario a la entidad beneficiaria…”;
Que, a fs. 53 el Departamento Recaudación informa que: “… Correspondería eximir a “Centro de Veteranos De Guerra Malvinas” del pago de los Derechos de Construcción, cargados sobre el inmueble identificado con la partida inmobiliaria 47485, por la suma de $23.653,02 en un todo conforme lo previsto en el Artículo 199 inciso A) 4 de la Ordenanza Fiscal 2023. Se hace constar que conforme surge de fs. 1 el “Centro de Veteranos De Guerra Malvinas” no registraba obligaciones pendientes de pago al momento de la visación del presente trámite…”
Que, el ARTÍCULO 199° inciso A) 4 de la Ordenanza Fiscal 2023: “Quedan exentos del pago de los derechos de construcción, los inmuebles de: a) Instituciones de bien público debidamente inscriptas, que les pertenezcan en propiedad, usufructo o uso gratuito mayor de veinte años (20) y cuya finalidad o afectación específica esté destinada a las actividades que a continuación se detallan: 4) Asistenciales…”
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Eximir al Centro de Veteranos de Malvinas, del pago de los Derechos de Construcción cargados en expediente N.° 441-C-2017, correspondientes a la Partida N.° 47485 por la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON DOS CENTAVOS ($23.653,02.-), en un todo de acuerdo conforme a los considerandos de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 2º: Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación y Departamento de Análisis Política Fiscal, Promoción Industrial. Hecho: ARCHIVAR.-