Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1028
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/11/2023
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Ingeniería y Arquitectura S.R.L solicita la renovacion del Certificado de Aptitud Ambiental para su establecimiento ubicado en calle Pedro Pico Nº 3000, de la ciudad de Bahía Blanca, cuyo rubro es “Elaboración de concreto asfáltico" clasificado de Segunda Categoría (N.C.A: 19 ptos) según Disposición Nº DISPO-2022-2109-GDEBA-DPEIAMAMGP, de acuerdo con las Leyes Provinciales Nº 11.459 y 15.107, Decreto Nº 531/2019 y modificatorio Nº 973/2020, resoluciones complementarias y Considerando:
¡Que de acuerdo con el informe emitido por el Departamento de Ambiente a fs. 666 del Anexo 2 del expediente de referencia, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 531/19 y Ley Modificatoria N° 15.107 y con las ordenanzas municipales vigentes.
Atento a lo expuesto, a la resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 182 de la Ley Orgánica.
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma Ingeniería y Arquitectura S.R.L cuyo rubro es “Elaboración de concreto asfáltico” clasificado como de Segunda Categoría, (N.C.A: 19 ptos) ubicado en calle Pedro Pico Nº 3000 de la ciudad de Bahía Blanca, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11.459, registrándose bajo el Nº 202.-
SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de cuatro (4) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11.459.-
TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11.459.-
CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-
QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tome nota el Departamento Ambiente y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-