Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 991
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/11/2023
Visto las presentes actuaciones iniciadas por el Club Midgistas del Sur, referidas a la autorización transitoria para la realización de competencias de midget a desarrollarse en el complejo deportivo de la entidad sito en Aldea Romana, en el marco de la “Temporada Estival de MIDGETS 2023-2024”; teniendo la documentación aportada por el recurrente y atento al informe elaborado por la Dirección de Defensa Civil; el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le otorga el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Autorícese al CLUB MIDGISTAS DEL SUR, CUIT 30-68114901-1 a realizar las competencias de midget “Temporada Estival 2023-2024”; en las fechas 20 y 24 de noviembre y los días 1, 8, 15, 22 y 29 de diciembre del corriente año; asimismo se acordaron los encuentros para el 12, 19 y 26 de enero; 2, 9, 16 y 23 de febrero y 1, 8, 15, y 22 de marzo del 2024; en el complejo deportivo de la entidad ubicado en calle El Boyero N° 2220, Aldea Romana, debiendo obtener la entidad organizadora la habilitación correspondiente emanada de la Comisión Provincial de Automovilismo y Motociclismo Deportivo, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de todos los recaudos necesarios para tal fin.
ARTICULO 2º)- Hágase saber al organizador que la presente autorización de evento transitorio se emite con carácter de excepción, debiendo dar cumplimiento a futuro a lo que determina la Ordenanza Nº 11745, en su artículo 2º, el cual estipula un período no inferior a treinta (30) días para la presentación de la solicitud .Hagase saber a la entidad organizadora que debe presentar el seguro de espectador 48 horas previas al inicio del espectáculo.-
ARTICULO 3º)- Hágase saber a la entidad que en caso de realizar lanzamientos de Fuegos Artificiales, deberán solicitar mediante nota la autorización correspondiente, comunicar el día y hora, como así también el contrato con personal de la Brigada de Explosivos, la cual deberá estar presente desde el arribo de los artefactos, durante el montaje y detonación de los mismos y un tiempo posterior de finalizadas las detonaciones, asegurándose que todas las cargas hayan sido detonadas y estableciendo una zona de seguridad.
ARTICULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Dirección de Rentas, Departamento Recaudación; y RESERVESE en la Dirección de Defensa Civil a fin de constatar el cumplimiento de lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente resolución.-