Boletines/Tandil

Decreto Nº4261/2023

Decreto Nº 4261/2023

Tandil, 29/11/2023

Visto

La solicitud de pago de una bonificación remunerativa no bonificable para desarrollar la implementación de la Ley Micaela Nacional Micaela 27499 y sus Ordenanzas 16463 y 16957, en el ámbito municipal. Y, tener a cargo la implementación del Programa Ley Micaela participativa, el cual consiste en cursos de sensibilización para clubes e instituciones de la sociedad civil, a Rosana Elida Saltape- legajo 8617- y María Vanesa Drimoni Andreola-legajo 9322-, efectuada por la Directora de Genero y Diversidad Sexual.

Considerando

Los informes producidos por la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Abónese a Rosana Elida Saltape- legajo 8617- y María Vanesa Drimoni Andreola-legajo 9322-, una bonificación equivalente al valor de 20 horas cátedra mensuales, para desarrollar como tutores de aulas virtuales la implementación de la Ley Micaela Nacional Micaela 27499 y sus Ordenanzas 16463 y 16957, en el ámbito municipal, a partir del 1° de noviembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del corriente año.

Artículo 2°: El egreso respectivo deberá apropiarse a la partida 1.1.7.5 “Bonificación transitoria no remunerativa no bonificable”, y demás específicas del inciso Gastos en personal, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1 - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.13– Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, Programa 28 - Desarrollo Humano y Hábitat, Actividad 08 - Políticas de género y diversidad sexual, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio.

Artículo 3°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta por el presente a efectos de lo que, al respecto, establece el artículo 186 de la Ley Orgánica Municipal.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 5°: Regístrese, notifíquese por la Direccion de Género y Diversidad Sexual, tomen conocimiento Contaduría General, Dirección de Presupuesto, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia