Boletines/Tandil

Ordenanza Nº18303/2023

Ordenanza Nº 18303/2023

Tandil, 23/11/2023

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifícase el Artículo VII.13, de la Subsección 10 -Disposiciones comunes a todas las Zonas de Regulación General Localizadas en las Áreas Urbanas de Tandil y Cerro Leones-, de la Sección 1 –Condiciones Particulares de las Zonas de Regulación General en las Áreas Urbanas de la Ciudad de Tandil y de Cerro Leones-, del Capítulo VII –Condiciones Particulares para las Zonas de Regulación General-, del Título 2 –Normativa Reglamentaria-, del Anexo A, de la Ordenanza 9865, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“VII.13

  1. El Departamento Ejecutivo podrá, si mediara informe favorable de la Autoridad de Aplicación y de la Comisión Municipal de Gestión Territorial, al momento de otorgarse el Certificado Final de Obra, autorizar una tolerancia máxima del cinco por ciento, (5%), por sobre los valores numéricos determinados en los parámetros urbanísticos de las diferentes Zonas.
  2. Estas tolerancias no serán aplicables si los parámetros resultantes no se ajustaren a los establecidos en el Decreto Ley 8.912.”

ARTÍCULO 2º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.

Registrada bajo el Nº 18303

REF: Asunto Nº 616/2023    Expte. Nº 2023/86200/00

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)