Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 170
Exaltación de la Cruz, 09/03/2023
Visto
El Expediente Administrativo N° 4036-16.575/04, iniciado por ., por ante DIRECCIÓN DE HABILITACIONES y lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y;
Considerando
Que por el mencionado Expediente Administrativo obra a fs. 1 Solicitud de Habilitación Municipal, para la radicación en la localidad CAPILLA DEL SEÑOR Partido de Exaltación de la Cruz, un comercio de CERRAJERIA;
Que a fs. Obra Certificado de Zonificación expedido por la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, por el cual se deja constancia que la zona es APTA para la instalación del comercio a que se hace referencia, en el visto presente;
Que el Titular del Expediente Administrativo ha cumplimentado todos los requisitos para el otorgamiento de la Habilitación Municipal en el Rubro; COMERCIO MINORISTA TIPO I : “REFORMA Y REPARACION DE CERRADURAS, DUPLICACION DE LLAVES.CERRAJERIAS”, para el comercio ubicado en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección - , Qta/Chac: -, Manzana 30A -, Parcela 8E, Subp:
Que de acuerdo a lo informado por DIRECCIÓN DE HABILITACIONES, corresponde el otorgamiento del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal por el término de CINCUENTA Y SIETE (57) MESES, en el Rubro a que se hace Referencia en el considerando anterior del presente Decreto;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
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Artículo 1º |
CONCEDER Habilitación Municipal por el término de CINCUENTA Y SIETE (57) MESES, a favor de ORELLANO FABIAN ANTONIO, – CUIT N° 20-21592432-8 en el Rubro: COMERCIO MINORISTA TIPO I; “REFORMA Y REPARACION DE CERRADURAS, DUPLICACION DE LLAVES.CERRAJERIAS”; a partir del día 01 DMARZO DE 2023, a la propiedad ubicada en la localidad de CAPILLA DEL SEÑOR, según Expediente Administrativo N° 4036-16.575/04 venciendo la misma el día 30 DE NOVIEMBRE DE 2027.- |
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Artículo 2º |
La presente Habilitación se otorga sujeto a lo establecido por las Disposiciones Vigentes, la cual no podrá ser transferida, ni cedida, como así cambio de Rubro alguno.- |
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Artículo 3° |
Autorízase al Señor DIRECTOR DE HABILITACIONES a la emisión y firma del correspondiente Certificado de Habilitación Municipal, el cual se encuentra registrado bajo el N° 031-1336/23, con la leyenda “CERTIFICADO DE HABILITACION”.- |
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Artículo 4° |
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Coordinación General y Control de Gestión y por el Señor Secretario de Gobierno.- |
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Artículo 5º |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése al Registro de Decretos y Archívese. |
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DECRETO Nº |
170.- |