Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21628

Ordenanza Nº 21628

Bahia Blanca, 09/11/2023

VISTO

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 8/8 vlta. autorizando los pagos a favor de a agente Analía Bernardi, legajo N° 14.356, D.N.I. 32.271.082, C.U.I.L. N° 27-32271082-3, dependiente del Museo FerroWhite, en virtud de habérsele reconocido los servicios desempeñados como becaria en el Municipio de Bahía blanca, durante el período comprendido entre 07/05/2007 y el 17/07/2011; y

CONSIDERANDO

Que mediante nota fechada el día 14 d septiembre de 2023, la cual consta a fojas 1 de las presentes actuaciones, la agente Analía Bernardi solicita ante la Administración de Personal Municipal la certificación de los años de servicio prestados en calidad de Becaria en el ámbito del Municipio de Bahía Blanca, con el objetivo de tramitar el reconocimiento de los mismos a los fines previsionales.

Que en la documentación obrante a fojas 2 y 3, el Municipio de Bahía Blanca certifica que la mencionada agente ha cumplido servicios en carácter de becaria durante el lapso de cuatro (4) años, dos (2) meses y once (11) días.

Que teniendo en cuenta la intervención de la Subdirección de Capital Humano y la Administración de Personal a fojas 5, indicando que el reconocimiento de los servicios desempeñados por la nombrada agente se efectúa a partir de la fecha de la interposición de su reclamo, día 14 de septiembre de 2023, y al solo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por Antigüedad y del usufructo de la Licencia Anual Ordinaria. Asimismo, el Departamento Administración del Personal Municipal informa que el beneficio otorgado será reconociendo cuatro (4) años, dos (2) meses al 1% de su sueldo básico, en concordancia con lo establecido en la ordenanza 18.008 y Decreto Reglamentario 3855/2014. Se adjunta a fojas 11 el detalle de las sumas y conceptos que se deberán incluir en su liquidación.

Que atento al informe elevado por la Contaduría General del Municipio a fojas 7, considerando que el mencionado gasto no ha sido contemplado en los ejercicios económicos 2021 y 2022, por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante respectiva, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 140° el Reglamento de Contabilidad, y 54° del Decreto 2980, los cuales indican que “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo”. El pago de la presente liquidación deberá ser realizado a través del Departamento de Personal, mediante el recibo de haberes.

Que por Resolución N° 255/2023, el Departamento Ejecutivo hace lugar al reconocimiento de los servicios prestados como personal becario en el ámbito del Municipio de Bahía Blanca, a la agente Analía Bernardi por el lapso de cuatro (4) años, dos (2) meses y once (11) días.

Por lo expuesto el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar las diferencias salariales a la agente Analía Bernardi, legajo N° 14.356, D.N.I. 32.271.082, C.U.I.L. N° 27-32271082-3, dependiente del Museo FerroWhite, por el reconocimiento de los servicios prestados en calidad de becaria en el ámbito del Municipio de Bahía Blanca, en concepto de Bonificación por Antigüedad y Usufructo de la Licencia Anual Ordinaria, según detalle de montos y conceptos adjunto a fojas 6; en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando y constancias agregadas en las presentes actuaciones.

Artículo 2° - El presente gasto correspondería, en sus años de origen, haberse imputado a las Partidas 1.1.4.0, 1.1.3.1, 1.1.6.1 y 1.1.6.2, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110108000, Categoría Programática 01.01.00.

Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.