Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3103
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/11/2023
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por MARIELA SILVANA MORAN, D.N.I. N.º 20.398.158, Contribuyente N.º 92.799 mediante la cual solicita se lo exima de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios y Tasa por otros Servicios Municipales, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial N.º 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por el contribuyente MARIELA SILVANA MORAN, D.N.I. N.º 20.398.158, Contribuyente N.º 92.799 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley N.º 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza N.º 12.925;
Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el Contribuyente N.º 92.799;
Que, el Departamento Recaudación a fs. 6 sugiere se exima a MARIELA SILVANA MORAN, D.N.I. N.º 20.398.158, Contribuyente N.º 92.799 del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios y Tasa por Otros Servicios Municipales desde el 26/09/2023 y hasta el 26/09/2025 e informa que no registraba obligaciones pendientes de pago con este municipio al momento de la presentación del trámite;
Que, el Artículo N.º 4 de la Ordenanza N.º 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
a. Tasa por habilitación.
b. Tasa por inspección de seguridad e higiene.
c. Tasa por inspección veterinaria.
d. Derechos de construcción.
e. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones
f. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233)
Que, la Ordenanza Fiscal para el Ejercicio 2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Bahía Blanca el día 3 de diciembre de 2021, registrada bajo el N.º 20.514, y promulgada mediante Decreto N.º 2836/2021 de fecha 9 de diciembre de 2021, menciona en su Título XVI la “Tasa por Otros Servicios Municipales”;
Que, el Artículo N.º 1 de la Ordenanza N.º 20.726: “Modificase la denominación de la Tasa mencionada en el inciso f) del Artículo 4º, de la Ordenanza N.º 12.925 “Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS)”, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “f) Tasa por Otros Servicios Municipales”;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º): Eximir a MARIELA SILVANA MORAN, D.N.I. N.º 20.398.158, Contribuyente N.º 92.799, en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos Varios y Tasa por Otros Servicios Municipales, desde el 26/09/2023 y hasta el 26/09/2025, por el primer y segundo año, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza N.º 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Hágase saber a MARIELA SILVANA MORAN, D.N.I. N.º 20.398.158, Contribuyente N.º 92.799 que, atento lo prescripto por el Artículo N.º 6 de la Ordenanza N.º 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-