Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4693

Decreto Nº 4693

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/11/2023

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente al CERTIFICADO Nº 9, de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADENES EN CALLES DEL BARRIO MILLAMAPU” ejecutada por la empresa SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que por Expediente N° 410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto N° 823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contrato de Obra Pública.

Que el Departamento Técnico ha realizado la revisión de la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser, en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial.-

Que la solicitud de la adecuación fue realizada por la empresa dentro de los plazos previstos como establece el Artículo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales.-

Que la fecha de Licitación fue el 12/09/2022; la fecha de Contrato: 31/10/2022; el Plazo de obra es de  180 días, y la fecha del Acta de Replanteo es el 10/11/2022.

Que se incorporan las planillas con análisis de precios redeterminados del CERTIFICADO Nº 9 actualizado por el Departamento Vialidad según Decreto 2113/2002.

Que en el CERTIFICADO Nº 9, donde el mes de ejecución de la obra fue en Agosto 2023, se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución de los trabajos  pertenecientes al Certificado N° 8 (Julio 2023) y los correspondientes al mes de ejecución de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 9 (Agosto - 2023), por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Agosto de 2023.

Que el mes de ejecución de los trabajos fue Agosto 2023, la fecha de publicación índices de Agosto 2023 fue el 04/10/2023 y la fecha de la presentación de la empresa: 10/10/2023. Se informa que se ha presentado la redeterminación dentro de los plazos previstos.-

Que el Importe Redeterminado del CERTIFICADO Nº 9 definitivo es de $7.752.264,17.- el Importe  Certificado Base N° 9 es de $3.303.097,62; el importe por diferencia del Certificado Nº 9 es de $4.449.166,55, la deducción por  Anticipo Financiero es  de $ 889.833,31.- Siendo así la diferencia a abonar en concepto de redeterminación definitivo del CERTIFICADO Nº 9 un importe de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($3.559.333,24.-), actualizado a Agosto 2023.

Que a fojas 38 el informe de la abogada de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva correspondiente al CERTIFICADO Nº 9 de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE CORDÓN CUNETA Y BADÉN EN CALLES DEL BARRIO MILLAMAPU”, por un importe total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($3.559.333,24.-) en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-8255-2023.-

ARTÍCULO 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma SCHLOSSER INGENIERÍA por intermedio del Departamento Vialidad; incorporándose copia del presente Decreto al expediente por el cual se tramitó la obra Nº 417R-4274-2022, y   ARCHÍVESE.-