Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 402
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/11/2023
Visto el Procedimiento Digital Implementado y lo solicitado precedentemente por la DPTO. MANTENIMIENTO ALUMBRADO PUBLICO, referente al traslado en comisión con viáticos de los agentes DANIEL RUBEN FERNANDEZ, legajo Nº 12144 Y RAFAEL HUGO HEREDIA, legajo Nº 12627, quiénes concurrirán el día 22/11/2023 al 23/11/2023, a la ciudad de Rio Tercero, provincia de Córdoba, a fin de retirar el camion marca Iveco Daily (RI C 776-DOMINIO AG191ME) de la Empresa Hidro-Grubert de Andres Bertotto, que le instaló un equipo hidroelevador segun Orden de COMPRA 4991/2023), atento la imputación realizada por Subdirección de Presupuesto y Contaduria General, el Sr. Secretario de Infraestructura en uso de las facultades conferidas por el Decreto 314/2017,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º - Dar por destacado en comisión con viáticos a los agentes FERNANDEZ DANIEL RUBEN, legajo Nº 12144, HEREDIA RAFAEL HUGO, legajo Nº 12627, quiénes concurrirán el día 22/11/2023 al 23/11/2023, a la ciudad de Rio Tercero, provincia de Córdoba, a fin de retirar el camion marca Iveco Daily (RI C 776-DOMINIO AG191ME) de la Empresa Hidro-Grubert de Andres Bertotto, que le instaló un equipo hidroelevador segun Orden de COMPRA 4991/2023).-
ARTICULO 2º - Autorizar a la Contaduría General a liquidar a favor del agente FERNANDEZ DANIEL RUBEN, CUIL 20-22114208-0, la suma de pesos quince mil ($15.000.-) en concepto de adelanto viático y gastos que surjan durante el viaje; liquidar a favor del agente HEREDIA RAFAEL HUGO, CUIL 20-27747709-3, la suma de pesos quince mil ($15.000.-) en concepto de adelanto viático y gastos que surjan durante el viaje; con oportuna rendición de cuentas.-
ARTICULO 3º - El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110105000; Fuente: 131; Cat. Programática: 01.18.00; Gasto: 3.7.2.0 del Presupuesto de Gastos.-
ARTICULO 4º - La rendición de cuentas del anticipo deberá cumplirse dentro de los quince (15) días corridos desde el regreso de la comisión. El incumplimiento de la presente disposición determinará la retención de la suma anticipada o no rendida, la que deberá ser comunicada por la Secretaría al Departamento Personal para que detraiga la suma correspondiente del siguiente haber a liquidarse. El agente quedará notificado con su firma al pie de la presente Resolución
ARTICULO 5º - Cúmplase, tome nota el Departamento de Administración del Personal, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto, Departamento Mantenimiento de Alumbrado Público; dése al R.O. Y ARCHIVESE.-