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Resolución Nº291

Resolución Nº 291

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/11/2023

Visto los presentes actuados, iniciados por el Director del Instituto Cultural de Bahía Blanca, en los que comunica que desde el año 2013 funciona en nuestra ciudad un espacio de arte independiente cuyo nombre es “Juanita Primera”, coordinado por la actriz, dramaturga y directora local María Belén Sosa. El mismo se localiza en el domicilio de Alvarado 818 y realiza actividades culturales y artísticas ininterrumpidamente de lunes a domingo, y

Considerando

Que “Juanita Primera” es un espacio cultural de enseñanza y formación teatral, creado con el objetivo de hacer teatro, un espacio de encuentro y de valoración del trabajo en grupo.

Que allí se llevan a cabo talleres y seminarios coordinados por profesionales locales y del resto del país, centrados principalmente en cuestiones escénicas, aunque también se incluyen propuestas artísticas y culturales de diversas ramas.

Que en el mismo espacio se presentan obras de teatro de creación propia y de autores locales, así como espectáculos artísticos en general.

Que se hace imperiosa la necesidad de acondicionar dicho espacio de modo tal que se pueda facilitar el desarrollo de las actividades y el acceso del público en forma segura. Teniendo en cuenta las reuniones efectuadas por la Comisión Técnica de los Espacios Culturales Independientes, los requerimientos y alcances de la Ordenanza N° 18.486 de "Creación de los Espacios Culturales Independientes (E.C.I.)" y modificatoria; que según acta de fs. 7, se ha indicado que el espacio "Juanita Primera" será beneficiario de un subsidio por parte del Municipio de Bahía Blanca a fin de cubrir los gastos de la mano de obra relativa al acondicionamiento eléctrico de la sala. Atento a la verificación del crédito presupuestario y a la imputación de Contaduría General a fs. 1 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de María Belén SOSA (CUIL: 27-31883909-9), por la suma de pesos doscientos noventa y cinco mil ($ 295.000) en representación del ECI Juanita Primera (según consta en el acta a fs. 7) a fin de cubrir los gastos de la mano de obra relativa al acondicionamiento eléctrico de la sala, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a María Belén SOSA (CUIL: 27-31883909-9), la suma de pesos doscientos noventa y cinco mil ($ 295.000) atento a lo indicado en el artículo Primero.

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 01. 17. 00, Gasto. 5.1.4.0.-

CUARTO: Notifíquese a la persona Beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de sesenta (60) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-

SEXTO: Cúmplase, notifíquese a la persona recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-