Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1761/23
Chacabuco, 10/11/2023
OTORGANDO UN SUBSIDIO A LA “ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO NIVEL SECUNDARIO Nº 451”.
Visto
La nota presentada por la Asociación Cooperadora del Centro Educativo de Nivel Secundario N° 451, por la cual solicita se estudie la posibilidad de otorgar un subsidio no reintegrable que será destinado a solventar los gastos de la compra de materiales deportivos y de Educación Física.
Considerando
Viable lo peticionado teniendo en cuenta el esfuerzo que realiza esa Institución.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Otorgar a la “Asociación Cooperadora del Centro Educativo de Nivel Secundario N° 451”, un subsidio por la SUMA DE PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00), que será destinado a solventar los gastos de la compra de materiales Deportivos y de Educación Física.
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM. Correspondiente (Fondo Educativo).
ARTÍCULO 3º: La beneficiaria deberá rendir cuenta en forma y plazo legal el destino de los fondos recibidos.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.