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Decreto Nº1723/23

Decreto Nº 1723/23

Chacabuco, 03/11/2023

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.

Visto

La sanción de la Ordenanza Nº 9.899/23  por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.899/23 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida el Contrato de locación celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Municipal, Víctor Reinaldo AIOLA, D.N.I. N° 22.120.807 y la Sociedad Rural de Chacabuco, representada por el Sr. Sebastián Julio Sofía, por el inmueble ubicado en calle Alvear N° 60, de la ciudad de Chacabuco, para el funcionamiento de la Oficina Municipal de Guías, por el término de tres años, contados a partir del 01 de septiembre de 2.023, hasta el 31 de agosto de 2.026. El monto de la contratación se fija en base a la unidad de medida de doscientos catorce (214) guías de animales de venta directa a frigorífico. Dicha unidad de medida será la variable de ajuste a aplicar en el contrato de acuerdo al índice inflacionario. 

 

ARTÍCULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios. 

 

ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna. 

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.