Boletines/Vicente López

Decreto Nº6441/23

Decreto Nº 6441/23

Vicente López, 02/11/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-5583-2023

Visto

El presente expediente por el cual tramita la contratación del “SERVICIO DE CULTIVO DE DETECCION DE ESTREPTOCOCO CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE LA MATERNIDAD SANTA ROSA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, y

Considerando

Que a fs. 20 obra la Solicitud de Gastos N° 0-10335 correspondiente a las publicaciones de rigor y a fs. 18 la Solicitud de Gastos N° 0-10334 correspondiente al importe diferido año 2024.
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                       DECRETA

Artículo 1º.- LLAMAR a Licitación Pública Nº 140 por la contratación del “SERVICIO DE CULTIVO DE DETECCION DE ESTREPTOCOCO CON DESTINO A CUBRIR LAS NECESIDADES DEL AÑO 2024 DE LA MATERNIDAD SANTA ROSA, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones
Particulares obrante a fs. 4/16 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales de fs. 22/29.

Artículo 2º.- Establecer el presupuesto oficial en la suma de pesos treinta y nueve millones quinientos cincuenta y tres mil novecientos veinte ($ 39.553.920, 00).

Artículo 3º.- Publicar avisos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario Sucesos y por un (1) día en el Diario El Cronista Comercial.

Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos treinta y nueve mil quinientos cincuenta y cuatro ($ 39.554,00).

Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 04/12/23, a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.

Artículo 6º.- Refrendar el presente Decreto el Sr. Secretario de Hacienda y Finanzas.

Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Compras y Licitaciones) y de Salud.

Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, ARCHIVAR.

Fdo: Martinez-Alvarez