Boletines/Vicente López
Decreto Nº 6279/23
Vicente López, 31/10/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-3130-2023
Visto
La oferta presentada en el segundo llamado a Licitación Pública Nº 102 dispuesto por Decreto Nº 4875/23 para la contratación de la obra “IMPERMEABILIZACION DE TERRAZAS EN EL HOSPITAL DR. BERNARDO HOUSSAY Y SECRETARIA DE SALUD”, y
Considerando
Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 420 se ha presentado un único oferente.
Que a fs. 427 la Secretaria de Salud, solicita realizar una Mejora de Oferta.
Que a fs. 444 obra el Acta de Apertura de la Mejora de Oferta.
Que a fs. 445 surge el análisis comparativo de la Mejora de oferta, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.
Que habiendo evaluado la oferta, a fs. 448 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 11.2 del Pliego de Clausulas Legales Especiales, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma ARTIBUS S.A.S., por un total de $ 32.791.000,00.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma ARTIBUS S.A.S., por un monto total de Pesos treinta y dos millones setecientos noventa y un mil ($32.791.000,00), la contratación de la obra “IMPERMEABILIZACION DE TERRAZAS EN EL HOSPITAL DR. BERNARDO HOUSSAY Y SECRETARIA DE SALUD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 448.
Artículo 2º.- La suma de Pesos treinta y dos millones setecientos noventa y un mil ($32.791.000,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-6288 obrante a fs. 41 y Ajuste de Preventiva 9-001260 de fs. 452.
Artículo 3º.- DEJAR constancia que, conforme documentación obrante a fs 213, LA CONTRATISTA designa como REPRESENTANTE TÉCNICO al Arquitecto Adrian Rivarola, Matrícula CAPBA - Ley 10.405 N° 14.661.
Artículo 4º.- INTIMAR a la firma adjudicataria ARTIBUS S.A.S., para que dentro de los SIETE (7) días hábiles de notificado el presente Decreto, constituya y remita a este Municipio, al mismo mail desde donde es notificado, las garantías que se mencionan a continuación, acompañadas de la Declaración Jurada que como ANEXO III forma parte integrante del Pliego de Cláusulas Legales Especiales:
a) Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor del monto adjudicado, en concepto de Garantía de Ejecución Contractual.
b) Garantía de Anticipo Financiero, equivalente al 30 % (treinta por ciento) del monto adjudicado.
c) Contrato con A.R.T y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio o Póliza de Accidentes Personales.
d) Póliza de Responsabilidad Civil Emergente.
e) Póliza de Seguro Obligatorio de Automotor, en caso de corresponder.
f) Póliza de todo Riesgo de Construcción.
Asimismo, en el plazo mencionado, el Representante Técnico del Contratista, deberá presentarse en la Secretaría de Salud, munido del contrato correspondiente, visado por el Colegio de Profesionales pertinente.
El incumplimiento de una o más de las obligaciones mencionadas en el presente artículo, dará lugar a la aplicación de pleno derecho de las penalidades previstas en los artículos 11.4 y 11.5.
Artículo 5º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Salud y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.
Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar
Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi-Baistrocchi