Boletines/Vicente López

Ordenanza Nº38164

Ordenanza Nº 38164

Vicente López, 31/10/2023

Ref. Exptes. N° 0496/2023 H.C.D.
                      EEMVL-4305/2023

VISTO: El proyecto que solicita la homologación de la Addenda Ampliatoria de la Prórroga del Contrato de Locación suscripto entre la Municipalidad de Vicente López y la Sociedad de Fomento y Sala de Primeros Auxilios La Lucila, por el inmueble sito en Tucumán N° 3339, La Lucila, donde funciona la UAP “Dr. Arcuri”, que fija el canon locativo para el período 2023, y;

CONSIDERANDO: Que a través de los expedientes Nro.: 4119-000269/2004, 4119-008054/2014, 4119-001440/2020, 4119- 000927/2021 y 4119-2595/2022; tramitó la prórroga del contrato de locación celebrado entre esta Comuna y la Sociedad de Fomento y Sala de Primeros Auxilios La Lucila en relación con el inmueble sito en la calle Tucumán N° 3339 del barrio de La Lucila, Partido de Vicente López para el funcionamiento de la Unidad de Atención Primaria “Dr. Ulises Alberto Arcuri”, Dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Secretaría de Salud.

Que, así, conforme la Addenda suscripta en fecha 5 de enero de 2023, se fijó el valor del canon locativo para el año 2023, determinado conforme las pautas del contrato originario.

Que, dada la importancia de las prestaciones que brinda la U.A.P referida y su inserción en el ámbito comunitario es menester la continuación de la locación en el mismo inmueble al que acuden diariamente los vecinos de La Lucila.

Que, la Addenda ampliatoria tiene plazo de 1 (un) año a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Que, el precio de la locación se conviene para el período 2022 en la suma de $900.000.- (pesos novecientos mil), pagaderos en 12 (doce) cánones mensuales, iguales y consecutivos de $75.000.- (pesos setenta y cinco mil) en virtud de lo establecido en la cláusula tercera de la Prórroga del Contrato de Locación. Asimismo, las partes acuerdan que las demás cláusulas del contrato originario se mantienen vigentes por todo el período pactado.

Que, existen antecedentes en la celebración de contratos como el que nos ocupa con entidades de bien Público que cuentan con la aprobación del Honorable Concejo Deliberante.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: HOMOLOGAR la Addenda Ampliatoria suscripta con fecha 5 de enero de 2023 entre la Municipalidad de Vicente López y la Sociedad de Fomento y Sala de Primeros Auxilios La Lucila, para que continúe funcionando en el inmueble ubicado en la calle Tucumán No. 3339 del barrio de La Lucila, Partido de Vicente. López, una Unidad de Atención Primaria denominada “Dr. Ulises Alberto Arcuri”, dependiente de la Dirección General de Atención Primaria de la Secretaría de Salud.

ARTICULO 2°: La exposición de motivos que fundan esta Ordenanza, forman parte integrante de la misma.

ARTICULO 3°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias.

ARTICULO 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-

Fdo: Villa-Zito

Nota: Se publica sin el Anexo