Boletines/Vicente López
Ordenanza Nº 38163
Vicente López, 31/10/2023
Ref.Exptes. N°: 0519/2023 H.C.D.
EEMVL 4304/2023 D.E.
VISTO: El anteproyecto remitido por el Departamento Ejecutivo que propone la homologación de la prórroga del Contrato de locación suscripto entre la Minicipalidad y el Club Social y Deportivo Unión de Olivos, para el funcionamiento de la Unidad de Atención Primaria “Dr. Horacio Rotjer”, y;
CONSIDERANDO: Que a través de los expedientes N° 4119-008752/1992, 4119-008145/2014, 4119-001429/2020, 4119- 000904/2021 y 4119-002594/2022, se tramitó la prórroga del Contrato de Locación entre el Municipio y el Club Social y Deportivo Unión de Olivos, en relación con el inmueble de calle Domingo Faustino Sarmiento 3551 de Olivos, en este Partido.
Que, las partes acuerdan fijar el valor del canon locativo para el período 2023 en la suma de $1.200.000 (pesos un millón doscientos mil) pagaderos en 12 (doce) cuotas iguales y consecutivas de $100.000. (pesos cien mil) en virtud de lo establecido en la cláusula tercera de la Prórroga del Contrato de Locación.
Que, la prórroga tiene vigencia por un plazo de 3 (tres) años a partir del 1° de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive.
Que, dada la importancia de las prestaciones que brinda este centro de salud en el ámbito comunitario, es menester la continuación de la locación en el mismo inmueble al que acuden diariamente los vecinos de Vicente López.
Que, se registran antecedentes en relación a la suscripción de convenios como el presente, los que han sido homologados por este Cuerpo.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1°: HOMOLOGAR la prórroga del Contrato de Locación suscripta con fecha 5 de enero de 2023, entre el Municipio y el Club Social y Deportivo Unión de Olivos, para que continúe funcionando en el inmueble ubicado en la calle Domingo Faustino Sarmiento N° 3551, del barrio de Olivos Partido de Vicente López, la Unidad de Atención Primaria denominada “Dr. Horacio Rotjer”, dependiente de la Dirección General de Atención Primaria de la Secretaría de Salud, cuya copia forma parte de la presente.
Artículo 2°:La exposición de motivos que fundan esta Ordenanza, forman parte integrante de la misma.
Artículo 3°: FACULTAR al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias.
Artículo 4°: Comunicar al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
Fdo: Villa-Zito
Nota: Se publica sin el Anexo