Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 637/23
Arrecifes, 15/09/2023
Visto
Los Expedientes Administrativos Nros. 213.025/23 y 213.024/23, iniciados en fecha 1 de septiembre de 2023, y;
Considerando
Que, lo mismos se formaron como consecuencia de las presentaciones efectuadas por los contribuyentes SALAZAR, Juan German y SAENZ, Rubén Fabián por las cuales solicitan la exención tasas municipales: Alumbrado, Barrido y Limpieza; Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios y Tasa de Fortalecimiento de la Salud Pública.
Que, por imperio de la Ordenanza Nro. 3.501/23 se dispone un régimen especial de exenciones de tributos municipales para los ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas que fueron destinados al teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y a los “Movilizados y Reservistas de la Guerra de Malvinas”, radicados en el distrito de Arrecifes.-
Que, los solicitantes han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 2° de la citada ordenanza.-
Que, de acuerdo a lo informado por la Directora de Ingresos Públicos, Sra. Vanesa COSTOYA, corresponde hacer lugar a lo solicitado.-
Que, de acuerdo al dictamen emitido por la Titular de la Asesoría Letrada Municipal, Dra. Mónica MOSSO, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Exímese de las Tasas por Alumbrado, Barrido y Limpieza; Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios y Tasa de Fortalecimiento de la Salud Pública, a los contribuyentes cuyos datos se detallan a continuación, desde la fecha de solicitud, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 3.501/23:
EXPTE. |
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
DOMICILIO |
C/C |
PARTIDA |
213.024 |
SALAZAR, Juan German |
14.710.844 |
Sta. Fe 584 |
606300 |
16135 |
213.025 |
SAEZ, Rubén Fabián |
16.599.985 |
Sarmiento 50 |
1358300 |
2432 |
ARTÍCULO 2º: Tomen nota las Oficinas Municipales respectivas para fiel cumplimiento del presente decreto.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
DR. SERGIO HUGO ALDAZABAL – SECRETARIO DE GOBIERNO