Boletines/Arrecifes

Decreto Nº637/23

Decreto Nº 637/23

Arrecifes, 15/09/2023

Visto

Los Expedientes Administrativos Nros. 213.025/23 y 213.024/23, iniciados en fecha 1 de septiembre de 2023, y;

 

Considerando

Que, lo mismos se formaron como consecuencia de las presentaciones efectuadas por los contribuyentes SALAZAR, Juan German y SAENZ, Rubén Fabián por las cuales solicitan la exención tasas municipales: Alumbrado, Barrido y Limpieza; Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios y Tasa de Fortalecimiento de la Salud Pública.

 

            Que, por imperio de la Ordenanza Nro. 3.501/23 se dispone un régimen especial de exenciones de tributos municipales para los ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas que fueron destinados al teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS) y a los “Movilizados y Reservistas de la Guerra de Malvinas”, radicados en el distrito de Arrecifes.-

 

            Que, los solicitantes han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 2° de la citada ordenanza.-

 

            Que, de acuerdo a lo informado por la Directora de Ingresos Públicos, Sra. Vanesa COSTOYA, corresponde hacer lugar a lo solicitado.-

 

            Que, de acuerdo al dictamen emitido por la Titular de la Asesoría Letrada Municipal, Dra. Mónica MOSSO, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º: Exímese de las Tasas por Alumbrado, Barrido y Limpieza; Conservación de la Vía Pública y Servicios Sanitarios y Tasa de Fortalecimiento de la Salud Pública, a los contribuyentes cuyos datos se detallan a continuación, desde la fecha de solicitud, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 3.501/23:

 

EXPTE.

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

DOMICILIO

C/C

PARTIDA

213.024

SALAZAR, Juan German

14.710.844

Sta. Fe 584

606300

16135

213.025

SAEZ, Rubén Fabián

16.599.985

Sarmiento 50

1358300

2432

 

ARTÍCULO 2º: Tomen nota las Oficinas Municipales respectivas para fiel cumplimiento del presente decreto.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

FIRMADO:

SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL

DR. SERGIO HUGO ALDAZABAL – SECRETARIO DE GOBIERNO