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Decreto Nº2178

Decreto Nº 2178

Bolivar, 23/10/2023

Visto

El Expediente N° 4013-563/23 mediante el cual se propicia el llamado a Licitación Privada N° 28/2023, para la adquisición de ALIMENTOS, y;

 

Considerando

Que por Decreto Nº 2036, de fecha 06 de octubre de 2023, se aprobó el llamado a Licitación Privada N° 28/2023,  para la adquisición de alimentos, con un presupuesto oficial de pesos doce millones ciento cuatro mil con 00/100 ($12.104.000,00);

 

Que se han cursado cuatro (4) invitaciones a proveedores del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos N° 153 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y 189 del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades, a las firmas ALBANESSE CARLOS MAURICIO, AUTOSERVICIO MAYORISTA DIARCO S.A., COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA y CALDERON CARLOS ALBERTO;

 

Que se recibieron cuatro (2) ofertas válidas de los proveedores ALBANESSE CARLOS MAURICIO y CALDERON CARLOS ALBERTO, según surge del Acta de Apertura del día 19 de octubre de 2023;

 

Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo N° 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Apruébese la Licitación Privada Nº 28/2023 llevada a cabo el día  19 de octubre de 2023, para la Adquisición de ALIMENTOS.

 

Artículo 2°: Declárense admisibles las propuestas presentadas por los proveedores: ALBANESSE CARLOS MAURICIO y CALDERON CARLOS ALBERTO, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.

 

Artículo 3º: Adjudicar a la firma ALBANESSE CARLOS MAURICIO, por la suma de pesos cinco millones ochocientos cincuenta mil veintiuno con 00/100 ($5.850.021,00),  los siguientes ítems:

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

2.139

AZUCAR - AZUCAR X 1 KG – FENIX

 

$890,00

$1.903.710,00

1.997

LECHE – LECHE LARGA VIDA X 400 GRS RICHAR

$749,00

$1.495.753,00

1.505

LENTEJA – LENTEJAS OKEY

 

$429,00

   $  645.645,00

2.077

 

YERBA MATE – YERBA X 500 GRS CHAMIGO

$869,00

$1.804.913,00

 

Artículo 4º: Adjudicar a la firma CALDERON CARLOS ALBERTO, por la suma de pesos seis millones doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta con 00/100 ($6.251.460,00),  los siguientes ítems:

 

Cantidad

Descripción

Importe unitario

Importe Total

2.552

ACEITE COMESTIBLE – ACEITE GIRASOL 900 CC – LEGITIMO

$590,00

$1.505.680,00

2.192

ARROZ – ARROZ X KG – PRIMOR

$490,00

$1.074.080,00

3.400

FIDEO SECO – VARIEDAD TALLARIN – RELLENO SIN – PRESENTACION 500 GRS – VOLCAN

$215,00

$731.000,00

3.400

HARINA DE TRIGO – HARINA X KG - CAÑUELAS

$400,00

$1.360.000,00

1.335

MERMELADA – MERMELADA X 420 GRS - DULCOR

$420,00

$560.700,00

3.400

TOMATE – PURE DE TOMATE X 530 GRS – 7 DIAS

$300,00

$1.020.000,00

 

 

Artículo 5º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a la siguiente partida: 111014000 Secretaría de Desarrollo de la Comunidad - Programa: 52  - Programa de acompañamiento en situaciones de emergencia - Fuente de Financiamiento 133 – De Origen Nacional.-

 

Artículo 6º: Notifíquese al adjudicatario y a los restantes oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General N° 267/80.

 

Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería a efectos de su fiel cumplimiento.

 

Artículo 8°: El presente decreto será refrendado el Sr. Secretario de Desarrollo de la Comunidad.

 

Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.