Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº1978

Decreto Nº 1978

Chivilcoy, 29/09/2023

Autorizacion Rifa

Visto

 

lo actuado en el expediente 4023-249915/23 presentado por Cooperadora San José del Hospital Primario de Moquehua Asociación Civil,

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

 

 

Artículo 1°.-  Artículo 1°.-  Autorizase a Cooperadora San José del Hospital Primario de Moquehua Asociación Civil, Personería Jurídica Legajo 228636  a poner en  circulación campaña de donantes voluntarios, dentro de este Partido y sujeta a las disposiciones de la Ley y Ordenanza vigentes, la cual constará de un 500 boletas cuyo valor será de $ 9.000.- (pesos nueve mil) por boleta pagaderas en 8 cuotas, desde la 1º a la 4º serán de un valor de $1000, y de la 5º a la 8º de $1250 cada una. La campaña contará con sorteos mensuales, realizados el último sábado de cada mes, por Quiniela de la Provincia de Buenos Aires (Nocturna), y un sorteo final, de acuerdo con el detalle obrante en el expediente anexado.

 

Artículo 2°.- Previo a la puesta en  circulación  de  la  presente rifa deberá               procederse a su sellado en la Municipalidad. La entidad autorizada deberá finalizar la venta con 48 horas de anterioridad al sorteo final y presentar el listado de números no participantes, debiendo informar su resultado, nómina de favorecidos, constancia de entrega de los premios y balance final de la rifa con indicación del destino dado a los fondos obtenidos.

 

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese,  tome nota  quien corresponda,  dése al    R.O. y archívese.-