Boletines/Magdalena

Decreto Nº1280

Decreto Nº 1280

Magdalena, 24/08/2023

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 976/2023, referente a Licitación Privada 18/2023 para adjudicar LA ADQUISICION DE CAÑOS DE CONCRETO COMPRIMIDO PARA OBRA DE ENTUBAMIENTO DE DESAGUES, SOBRE CALLE CAJARAVILLE Y DR. LANDA DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS”.   

Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello; 

 

Considerando

Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de DOS (2) Empresa/Firma del ramo IMACOVA S.A y VIALERO S.A, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos a Fs. 114 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa VIALERO S.A. 

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 114v avalando dicha Adjudicación.

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

 

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE – CON CARÁCTER DE INSISTENCIA a la Empresa/Firma “VIALERO S.A” (CUIT Nº 30-69207363-7), por una suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS CON 00/100 CVOS ($17.670.900,00) para adjudicar la adquisición de LA ADQUISICION DE CAÑOS DE CONCRETO COMPRIMIDO PARA OBRA DE ENTUBAMIENTO DE DESAGUES, SOBRE CALLE CAJARAVILLE Y DR. LANDA DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS ASen un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 18/2023.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 10.000, Programa 20/01 Partidas 2.6.4.0 “PRODUCTOS DE CEMENTO, ABSESTO Y YESO”, con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cdor. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda