Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1182
Magdalena, 22/08/2023
Visto
El expediente administrativo N° 1274/04 (22.101.3682/04) “Plan Familia Propietaria, Escrituración de lotes. Municipalidad de Magdalena. Plano 65-29-98 y expediente administrativo N° 1485/04 (22.101.4103/04) “Plan Familia Propietaria. Escrituración de lotes. Municipalidad de Magdalena. Plano 65-28-98”, el expediente administrativo letra S N° 695/2023 mediante el cual tramita la desafectación de los lotes antes mencionados, la Ordenanza N° 2122/04 y el Decreto N° 321/03 y
Considerando
Que luce incorporado a fs. 2/5 Convenio del Programa Familia Propietaria celebrado por el entonces Intendente Municipal Sibetti Juan Oscar y la Unidad Ejecutora y Coordinadora del Programa, con fecha 25 de enero de 1996;
Que en los expediente N° 1274/04 (22.101.3682/04) “Plan Familia Propietaria. Escrituración de lotes. Municipalidad de Magdalena. Plano 65-29-98 y expediente N° 1485/04 (22.101.4103/04) “Plan Familia Propietaria. Escrituración de lotes. Municipalidad de Magdalena. Plano 65-28-98, se tramito la escrituración de diversas viviendas;
Que fs. 6 y 14 luce informe de la Dirección Provincial de Tierras informa que existen beneficiarios que no se hicieron presentes a los reiterados actos en que fueron convocados para llevar adelante los trámites de escrituración;
Que los mismos resultan ser Sra. Lujan Norma, el Sr. Villar Walter, la Sra. Hermann Fernanda, la Sra. Sáez Adriana, el Sr. Márquez Alejandro y la Sra. Godoy Reyes Jorgelina, quienes fueron intimados mediante carta documento y edicto a que regularicen la situación dominial, conforme lo sugerido por la Dirección de Urbanizaciones Sociales Planificada;
Que luce a fs. 29/32 publicación de edicto mediante el cual se cita y emplaza a LUJAN NORMA, VILLAR WALTER, HERMANN MARIA F., SAEZ ADRIANA, MARQUEZ ALEJANDRO Y GODOY REYES JORGELINA CLAUDIA, a fin de que se presenten ante la Municipalidad de Magdalena a fin de regularizar su situación como beneficiarios del Plan Familia Propietaria, dentro del plazo de cinco (5) días;
Que luce a fs. 33 informe de la Dirección de Ingresos Públicos y Catastro, informando que las partidas N° 28.661 (Lujan Norma-Villar Walter), N°28.643 (Márquez Alejandro- Sáez Adriana), registran deuda total en el plan de pago, y que la partida N° 28.562 (Godoy Reyes Jorgelina) se encuentra abonada parcialmente, registrándose como última fecha de pago el día 8 de septiembre del 2017;
Que de los lotes adjudicados, relevados y de la documentación obrante en los expedientes administrativos referenciados en el Visto de la presente surge que:
-PARTIDA N° 28.661 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 22: Los adjudicados son Lujan Norma D.N.I 11.157.539 y Villar Walter D.N.I 14.285.114 conforme Ordenanza N° 2122/04 y boleto de compraventa de fecha 20 de abril de 1999 a la fecha registran deuda total en el plan de pagos, encontrándose la Municipalidad, facultada a exigir la restitución del inmueble conforme lo dispuesto en el art. 9 del boleto de compraventa suscripto oportunamente.
-PARTIDA N° 28.643 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 2A: Los adjudicados son Márquez Alejandro D.N.I 22.569.945 y Sáez Adriana Raquel D.N.I 22.027.190 conforme Ordenanza N° 2122/04 y boleto de compraventa de fecha 20 de abril de 1999 a la fecha registran deuda total en el plan de pagos, encontrándose la Municipalidad, facultada a exigir la restitución del inmueble conforme lo dispuesto en el art. 9 del boleto de compraventa suscripto oportunamente.
-PARTIDA N° 28.562 CIRC. I SECC. A MZA. 54 PARC. 16: La adjudicada resulta ser la Sra. Godoy Reyes Jorgelina Claudia D.N.I 25.356.490 conforme Ordenanza N° 2122/04 y boleto de compraventa de fecha 20 de abril de 1999 a la fecha registran deuda parcial en el plan de pagos, siendo su última fecha de pago el 8 de septiembre del 2017, encontrándose la Municipalidad, facultada a exigir la restitución del inmueble conforme lo dispuesto en el art. 9 del boleto de compraventa suscripto oportunamente.
Que conforme el tiempo transcurrido y que a pesar de haber sido notificados fehacientemente, los beneficiarios del Plan Familia Propietaria no se han presentado en las oficinas de la Municipalidad a fin de regularizar su situación dominial, motivo por el cual debe procederse a la desadjudicación de los lotes;
Que en consecuencia de todo lo expuesto, siendo que se cumplimentaron en forma previa todos y cada uno de los recaudos exigidos;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: La presente tiene por objeto los lotes inmuebles pertenecientes al Programa Plan Familia Propietaria, identificados como PARTIDA N° 28.661 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 22; PARTIDA N° 28.643 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 2Ay PARTIDA N° 28.562 CIRC. I SECC. A MZA. 54 PARC. 16, de la Ciudad y Partido de Magdalena.
ARTÍCULO 2º: Desadjudíquese por incumplimiento de las obligaciones asumidas en el artículo 3 del boleto de compraventa suscripto con fecha 20 de abril de 1999 a las personas que se enuncian y por los lotes que se mencionan a continuación; Lujan Norma D.N.I 11.157.539 y Villar Walter D.N.I 14.285.114 PARTIDA N° 28.661 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 22; Márquez Alejandro D.N.I 22.569.945 y Saez Adriana Raquel D.N.I 22.027.190-PARTIDA N° 28.643 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 2A y Godoy Reyes Jorgelina Claudia D.N.I 25.356.490 -PARTIDA N° 28.562 CIRC. I SECC. A MZA. 54 PARC. 16.
ARTICULO 3º: Restitúyase al dominio municipal los lotes designados catastralmente como PARTIDA N° 28.661 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 22; PARTIDA N° 28.643 CIRC. I SECC. F Q. 146 PARC. 2A -PARTIDA N° 28.562 CIRC. I SECC. A MZA. 54 PARC. 16.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno Sra. Marina Blanco.-
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dña. MARINA NATALIA BLANCO
Secretaria de Gobierno