Boletines/Magdalena

Decreto Nº1084

Decreto Nº 1084

Magdalena, 04/08/2023

Visto

Las actuaciones del expediente letra “F” Nº 779/2020 mediante las cuales FLORES Eulogio, CUIT 20-92836004-1, solicita una segunda habilitación provisoria del comercio, identificado con el número de legajo 62748, cuyas actividades son Venta al por menor de materiales de construcción y Gomería, ubicado en calle Cajaraville entre Castelli y Gral. Paz de la localidad de Bavio; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales, en particular el de la Dirección de Asesoría Letrada municipal, por entender que no se halla acreditado el derecho de uso del inmueble en el cual se plantea desarrollar las actividades comercial antes mencionadas, dado que no se encuentra debidamente documentada la conexidad entre la cedente y el inmueble sobre el cual recae el pedido de habilitación;

Que el peticionante ha recurrido dicho pronunciamiento por haber acreditado mediante escritura pública la cesión de derechos y acciones hereditarias, pasada por ante el Registro de la Propiedad y presentada en los autos sucesorios, colocándose de esta manera el Sr. Flores en el lugar de la heredera;

Que acompaña convenio extrajudicial de partición, suscripto por todos los herederos acreditados en autos, respecto del cual se ha solicitado su aprobación e inscripción de la declaratoria de herederos en la respectiva causa;

Que en virtud de lo expuesto, la Dirección de Asesoría Letrada Municipal opina que debería otorgarse una habilitación comercial provisoria, por un año, al Sr. Eulogio Flores, lapso durante el cual deberán acreditar fehacientemente la inscripción de la cesión denunciada en autos y la inscripción del bien inmueble;

 Que en consecuencia, y por dichas circunstancias, se entiende procedente hacer lugar a dicha solicitud de habilitación comercial en forma provisoria, por un año, requiriéndose además de lo antes mencionado, la presentación de planos aprobados del local a habilitar y la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;

Que en este caso, dicha habilitación provisoria debe ser otorgada por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 04 de agosto de 2024;

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.

 

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la segunda habilitación de carácter provisorio del establecimiento comercial cuyas actividades son Venta al por menor de materiales de construcción y Gomería (Códigos de actividad: 62900-10 y 71400-09) propiedad de FLORES Eulogio, CUIT 20-92836004-1, legajo municipal Nº 62748 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Parcela 2404a y Partida Inmobiliaria Nº 4984, ubicado en calle Cajaraville entre Castelli y Gral. Paz de la localidad de Bavio.

Artículo 2º: El vencimiento de la presente habilitación provisoria se producirá el día 04 de agosto de 2024 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos mencionados en el exordio del presente, y los establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el dictado del Acto Administrativo de habilitación definitiva. En caso contrario, se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

 

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dña. MARINA NATALIA BLANCO

Secretaria de Gobierno