Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1049
Magdalena, 01/08/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 829/2023, referente a Licitación Privada 14/2023 para adjudicar la adquisición de “6.000 M3 DE TOSCA TRANSPORTADA, NECESARIOS PARA EL MEJORAMIENTO Y RELLENO DE MANZANAS URBANAS DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS”.
Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de TRES (3) Empresa/Firma del ramo SUCESION JUAREZ AMERICO DE JESUS, MIELKE DANIEL ALBERTO y PARODI, NESTOR ALFREDO, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por la Subsecretaria de Obras y Servicios Públicos a Fs.93, considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa PARODI, NESTOR ALFREDO.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 93v avalando dicha Adjudicación.
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma “PARODI, NESTOR ALFREDO” (CUIT Nº 20-18065738-0) por una suma total de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 CVOS ($15.660.000,00) para adjudicar la adquisición de “6.000 M3 DE TOSCA TRANSPORTADA, NECESARIOS PARA EL MEJORAMIENTO Y RELLENO DE MANZANAS URBANAS DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 14/2023.-
+ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 01/00 Partidas 2.8.4.0 “PIEDRA, ARCILLA Y ARENA”, con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2023.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cdor. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-