Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 613/23
Arrecifes, 31/08/2023
Visto
Que, la municipalidad de Arrecifes cuenta con el programa “Arrecifes, educación conectada”, por cuanto, a fin de dar continuidad a las inversiones realizadas por el municipio en educación, se brindará internet de manera gratuita a todas las instituciones educativas públicas del partido, de los niveles inicial, primario, secundario y terciario.
Considerando
Que, en forma conjunta con el Consejo Escolar de nuestra ciudad se ha llevado a cabo un relevamiento e inscripción de las instituciones que serán beneficiadas, que han dado cumplimiento a lo establecido en el programa: solicitud de inscripción ante el Consejo Escolar de Arrecifes, verificación de lugar de conexión del servicio de internet y capacidad, entre otros.
Que, el Municipio de Arrecifes brindará los recursos necesarios, proporcionando de esta forma las herramientas que permitan a las instituciones educativas de gestión estatal del distrito de Arrecifes, contar con el servicio de internet, en pos del estimulo de la educación de los niños y adolescentes que concurren dichos establecimientos educativos.
Que, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal brindará los recursos necesarios, por el presente ejercicio, para proporcionar el servicio de internet en las instituciones educativas de gestión estatal del distrito de Arrecifes, de los niveles inicial, primario, secundario y terciario, a través del programa “Arrecifes, educación conectada”.
ARTÍCULO 2º: En virtud del relevamiento e inscripción realizada en forma conjunta con el Consejo Escolar de nuestra ciudad, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º del presente decreto, abónense las facturas del servicio de internet desde el período 01/2023 y por el presente ejercicio a todos los establecimientos educativos de gestión estatal del distrito de Arrecifes.
ARTÍCULO 3º: Los gastos que surjan a fin de dar cumplimiento al presente decreto, serán imputados a la partida 5.1.5.0 – Transferencia a instituciones de enseñanza; Categoría Programática 35-00-00 “Educación, Ciencia y Tecnología” de la Secretaria de Gobierno, del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de financiamiento: 132 de Origen Provincial “Fondo de Financiamiento Educativo”.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
SR. MAURO MARCELO BOVEDA – SECRETARIO DE HACIENDA