Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1013
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/11/2023
Visto las presentes actuaciones, por las cuales el Sr. Bruno Zanché, D.N.I. 40.065.883, solicita autorización para la realización de un evento festivo al aire libre, en el Predio FISA, ubicado en el Km 9 del Camino Sesquicentenario de nuestra ciudad, el día 12 de noviembre de 2023, a partir de las 18 horas y hasta la 1 del día siguiente; teniendo en cuenta lo normado por la Ordenanza 16.870, y su modificatoria 21.432; y considerando la documentación presentada y lo informado por la Dirección General de Defensa Civil; el SUBSECRETARIO DE PROTECCION CIUDADANA, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 3492/2019,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) - Autorizase al Sr. Bruno Zanché, D.N.I. 40.065.883, a realizar un evento festivo al aire libre, en los términos de lo establecido en la Ordenanza Nº 16870, y su modificatoria 21.432, en el Predio FISA, ubicado en el Km 9 del Camino Sesquicentenario de nuestra ciudad, el día 12 de noviembre de 2023, a partir de las 18 horas y hasta la 1 del día siguiente.-
ARTICULO 2º) - Hágase saber al Sr. Bruno Zanché, D.N.I. 40.065.883, que deberá cumplir los siguientes recaudos:
En caso de comercializar bebidas alcohólicas deberán tramitar el permiso correspondiente (R.E.B.A.).-
Queda totalmente prohibido el ingreso de personas al evento con bebidas alcohólicas, como así también con conservadoras o heladeras.-
Cumplir lo determinado en la Ordenanza Nº 20.916 (ruidos molestos).-
Respetar los horarios de apertura y cierre del evento.-
ARTICULO 3º) - Hágase saber al Sr. Bruno Zanché, D.N.I. 40.065.883, que, en caso de que personal municipal afectado al control de desarrollo de la fiesta y/o personal policial constaten el incumplimiento de los recaudos indicados en el Artículo 2º, o se suscite cualquier otro hecho o circunstancia que -aún no estando detallados en la presente- pongan en riesgo la seguridad e integridad de los asistentes a la fiesta y de los funcionarios públicos que se encuentren trabajando en el lugar, se aplicarán las sanciones previstas en la normativa vigente.-
ARTICULO 4º) - Dejase expresa constancia que el evento se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del organizador, advirtiéndose que en caso de darse los extremos indicados en el Artículo 3º de la presente no se emitirán autorizaciones de este tipo en el futuro.
ARTICULO 5º) - NotifÍquese de la presente resolución a las autoridades de la A.F.I.P. y A.R.B.A., AADICAPIF y/o SADAIC y/o ARGENTORES, en concordancia a los requisitos estipulados en el contrato de cesión de derechos de uso celebrado entre los organizadores y la Corporación del Comercio, Industria y Servicios de Bahía Blanca.
ARTICULO 6º) - Cúmplase, notifíquese, dése al RO; la tome nota el Departamento Recaudación, la Dirección General de Fiscalización, el Departamento Ambiente, y la Dirección General de Defensa Civil. Hecho, ARCHÍVESE.-