Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 4638
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/11/2023
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al CERTIFICADO N° 3 de la obra: "Extensión de la Red de Desagües Cloacales en calles del Barrio Patagonia Etapa I - 21 Cuadras", adjudicada a la empresa RIMSOL S.A. mediante Decreto Nº 651/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta. el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base fue Febrero 2023; la Fecha del Contrato fue el 05/04/2023; Acta de Replanteo fue el 12/06/2023 y con un Plazo de Obra de 6 meses.-
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa RIMSOL S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986. Asimismo, se constató que la empresa contratista alcanzó el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado.-
Que al CERTIFICADO N° 3 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de AGOSTO 2023, el cual es el Mes de Ejecución de los trabajos, la Fecha de Publicación de los índices AGOSTO 2023 fue el 29/09/2023; la Fecha de Presentación de la empresa 03/10/2023, Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversión es del 37,53%, el Porcentaje de la curva alcanzada es de 43,91% .
Que el Importe del Certificado Redeterminado del Certificado N° 3 es de $ 20.017.073,32, que el importe Certificado Base N° 3 es de $ 12.739.990,66, la Diferencia del Importe del Certificado N° 3 es de $ 7.277.082,66, la Deducción por Anticipo Financiero es de $ -2.183.124,80, la Diferencia a abonar por el Certificado N° 3 es de $ 5.093.957,86.-
Que el incremento en porcentaje del Certificado N° 3 final redeterminado respecto al certificado N° 3 final a valores de contra es de 57,12%.
Que el Departamento Técnico incorpora la tabla analizada correspondiente a la redeterminación de precio del Certificado N° 3 Existe una diferencia con la presentada por la empresa ya que varía el índice tomado para el ítem Costo Financiero mes de AGOSTO y no corresponde deducción por redeterminación de certificado N°3 anticipado.
Que el Departamento Departamento Vialidad sugiere que se apruebe la redeterminación provisoria del CERTIFICADO N° 3 por un monto de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($5.093.957,86.-)
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 33 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhirió al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surgen que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del CERTIFICADO N° 3 de la obra: "Extensión de la Red de Desagües Cloacales en calles del Barrio Patagonia Etapa I - 21 Cuadras", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de Precios del CERTIFICADO Nº 3 de la obra: "Extensión de la Red de Desagües Cloacales en calles del Barrio Patagonia Etapa I - 21 Cuadras", por un monto total de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($5.093.957,86) , en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-8244-2023.-
ARTÍCULO 2º: Para el Pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 50.90.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese copia del presente Decreto al expediente de obra, 417R-526-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-