Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2655/23

Decreto Nº 2655/23

San Andrés de Giles, 11/09/2023

Visto

La solicitud cursada por el señor  César Abad , en su carácter de Representante  la   firma  Obras y Servicios del Oeste SRL ,  dando  origen a la formación del expediente Nº  . 4101- 16.901 -0-2023 mediante la cual solicita autorización para la realización  de zanjeo  en la vía pública a efectos de poder efectuar  la extensión de la red de gas natural para consumo doméstico en  los domicilios ubicados en los inmuebles de la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción :I; Sección E, Quinta I , Manzana 324, Parcelas: 5B; 4B; y 5A; y Circunscripción I;  Sección:E ; Quinta:I  ;Parcela 20 , de nuestra ciudad propiedad de los siguientes convecinos ,respectivamente: Nicolás Esteban MAGAT; Carolina AGOTEGARAY ; Jonathan Ezequiel YACOY Y César Gabriel BOERO  y Ana Liz ARRIONDO, ; y

Considerando

Que la ordenanza Nro. 170/94, promulgada por decreto Nro. 666/94, autoriza al Departamento Ejecutivo, a aprobar las extensiones de la red de gas natural, no comprendidas en el plan general existente.

                                   Que del informe producido por la Dirección de Planeamiento y Obras

Particulares de la Municipalidad   surge la factibilidad de acceder a lo peticionado

Que las actuaciones contienen asimismo dictamen favorable de la

Dirección de Recaudación de la Municipalidad.

Por ello, el Intendente Municipal Interino  en uso de las atribuciones que le son propias

D  E  C  R  E  T  A

 

 

ARTICULO 1ro.:   Conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal 170/94 autorizar  a la   Obras y Servicios del Oeste SRL representada en el acto de presentación en el expediente Nº 4101-  16.901 -0-2023 por don César Abad a realizar la  ejecución de zanjeo en veredas para la extensión de la red de gas natural para  consumo doméstico conforme al  proyecto  SG- 00604 , aprobado por Naturgy  ,a los domicilios ubicados en los inmuebles de la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción :I; Sección E, Quinta I , Manzana 324, Parcelas: 5B; 4B; y 5A; y Circunscripción I;  Sección:E ; Quinta:I  ;Parcela 20 , de nuestra ciudad propiedad de los siguientes convecinos ,respectivamente: Nicolás Esteban MAGAT; Carolina AGOTEGARAY ; Jonathan Ezequiel YACOY Y César Gabriel BOERO  y Ana Liz ARRIONDO de acuerdo al croquis adjunto al expediente mencionado y que fuera emitido por el  referido Organismo. La parte peticionante  deberá acatar  las  reglamentaciones vigentes en la materia, debiendo reparar y devolver a su estado original las veredas y calzadas afectadas. El tendido de cañería de red deberá instalarse a 0,80 m.  desde la línea Municipal y a profundidad no menor de 0,80 mt.., medidas desde los puntos más bajos  (zanjas, pavimento, etc.) y a distancia reglamentaria   de los demás servicios en vereda .Las veredas serán reparadas adecuadamente a cargo de la parte  peticionante.

ARTICULO 2do:  Una vez finalizadas dichas reparaciones se solicitará  el correspondiente final de obra a la empresa Contratista autorizada quién además deberá acompañar  plano conforme a obra si se hubieran introducido modificaciones al Proyecto original aprobado.

ARTICULO 3ro.: Registrar, comunicar  a los interesados, dar vista a  la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares; a la Dirección de Recaudación ,a  la  Secretaría  de Obras y Servicios, a la Dirección de Inspección General y Protección Ciudadana  y oportunamente  archivar.