Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº401/2023

Resolución Nº 401/2023

Benito Juarez, 26/10/2023

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “E” Nº 24/2023, en el cual a fs. 9 la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” adjunta informe de la Jefa de Enfermeros (fs. 10)  en el que consta que el agente VAZQUEZ RODRIGO (L.P. 5420) ha hecho abandono de su lugar de trabajo en el CAPS de la localidad Tedín Uriburu, Partido de Benito Juárez el día 12 de Septiembre del corriente año; y

Considerando

según constancias de fs. 12 y 12 vta. se ha garantizado el derecho a defensa;  

QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCTM)  en su inc. a) dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”.

QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones;

QUE a se encuentra debidamente acreditado que el agente referenciado incurrió en negligencia en el cumplimiento de sus tareas, adecuándose su conducta en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.M.;

QUE a fs. 16 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna sugiriendo aplicar la sanción de siete (7) días sin goce de haberes al agente Vázquez, prevista en el art. 83. Inc. c) del mencionado Convenio;            

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar sanción de SUSPENSION DE SIETE (7) días, sin goce de haberes, al agente VAZQUEZ RODRIGO (L.P. 5420) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. c) del Convenio colectivo de Trabajo y a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 24/2023.

Artículo  2º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud, Contaduría del Ente   Auditoría cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº  401.-