Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1607/2023
Benito Juarez, 17/10/2023
Visto
que el día Miércoles 18 de Octubre del corriente año, se conmemora el 115º ANIVERSARIO de la FUNDACIÓN de la localidad de BARKER y sus Villas;
CONSIDERANDO que con motivo de su Aniversario, ha sido declarado día NO LABORABLE en dicha localidad, el 18 de Octubre del corriente año, mediante RESO-2023-665-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Confirmase el siguiente PROGRAMA DE ACTOS organizado por el Municipio de Benito Juárez a través de la Delegación Municipal con motivo de cumplirse el 115º Aniversario de la FUNDACIÓN DE BARKER y sus Villas, a llevarse a cabo el próximo Miércoles 18 de Octubre:
Miércoles 18 de Octubre de 2023: Acto Protocolar.
17:00 hs. Concentración de autoridades frente a la Plaza “Ramón Santamarina”,
* Lectura del Decreto Oficial
*Entonación de las estrofas del Himno Nacional Argentino,
*Palabras a cargo de la Delegada Municipal de Barker y Villa Cacique, Sra. Norma Fernández,
*Palabras alusivas a cargo del Sr. Intendente Municipal Don Julio Cesar Marini,
*Reconocimientos a vecinos por su trayectoria en la comunidad y su participación en la etapa final de los Juegos Bonaerenses 2023,
* Desconcentración,
* Se dá inicio a la presentación de espectáculos a cargo de artistas locales e invitados en el escenario mayor en la Plaza “Ramón Santamarina”, cuyo cierre estará a cargo del grupo musical “Vieja Minga”,
*Stands de feriantes locales e instituciones del medio.
Artículo 2º.- Declarar NO LABORABLE para la Administración Pública , y feriado optativo para la Industria, Comercio y restantes actividades que se desarrollen en las localidades de Barker y Villa Cacique, el día 18 de Octubre del corriente año, con motivo de celebrarse el 115° Aniversario de su Fundación, según lo resuelve el artículo 1º de la RESO-2023-665-GDEBA-MGGP emitida por el Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Autorizase a Contaduría a efectuar los pagos que demande el evento del artículo precedente.
Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 5º.- Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Delegación Barker, Secretarías de Desarrollo Social, Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Hacienda, Salud y Gobierno, Ente Descentralizado Hospital y Auditoría, cumplido archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1607.-