Boletines/Tandil
Decreto Nº 4070/2023
Tandil, 13/11/2023
Visto
La Ley Nº 11.459 de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires, su modificatoria 15.107 y sus Decretos Reglamentarios 531/19 y 923/2020.
El Expediente EX-2023-00195010- -MUNITAN-DA#SSDUAOV de solicitud de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental de la Empresa LOS GROBO AGROPECUARIA S.A. ubicada en la calle Pujol 1600, Circunscripción I, Sección D, Chacra 80-Parcela 1B y Chacra 61-Parcela 1C del Partido de Tandil, dedicada al acopio y procesamiento de granos (limpieza y envasado), semillas y especialidades para mercado interno y exportación, anexo venta de agroquímicos.
Considerando
Que el artículo 3 de la Ley de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires 11.459 establece que “todos los establecimientos industriales deberán contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales”.
Que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) correspondiente de la actividad mencionada fue desarrollado y presentado por profesionales inscriptos en el registro RUPAYAR del Ministerio de Ambiente-PBA.
Que la empresa se localiza en un sitio apto de acuerdo al PDT para su categoría industrial y rubro de actividad.
Que los factores pertenecientes al medio físico natural, aire, agua y suelo, así como lo relativo a la seguridad laboral e infraestructura son los más impactados en forma negativa durante la etapa de funcionamiento.
Que según se desprende del EIA, se han diseñado 29 (veintinueve) medidas de mitigación orientadas a: la protección del aire, suelo, agua subterránea, agua superficial, la infraestructura, la seguridad e higiene laboral, la población vinculada a la actividad; así como un plan de gestión ambiental con tres programas sobre: el seguimiento y control ambiental, correcciones y adecuaciones, y la seguridad e higiene laboral; y la propuesta de monitoreos de la calidad del aire; cuya implementación contribuirá con el buen funcionamiento de la actividad.
Que la empresa se encuentra tramitando la renovación de la Licencia de Emisiones Gaseosas a la Atmósfera ante el Ministerio de Ambiente y ha desarrollado distintas medidas tendientes a evitar el deterioro de la calidad del aire.
Que la empresa se encuentra tramitando la Prefactibilidad del recurso hídrico ante el ADA, correspondiente a la Fase 1, para posteriormente avanzar a las Fases 2 y 3 del trámite.
Que la empresa ha presentado copia de su Declaración Jurada de los Residuos Especiales Industriales generados durante el año calendario 2022, así como la entrega de Envases Vacíos de Agroquímicos a una empresa habilitada por el Ministerio de Ambiente.
Que los profesionales intervinientes han desarrollado recomendaciones específicas para disminuir los riesgos de exposición e incendio asociados a los silos.
Que para la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental se solicita la presentación de una Auditoría Ambiental que describa los distintos ítems de los condicionamientos especificados en COPDI-2023-00272192-MUNITANDA#SSDUAOV vinculados a las medidas de mitigación, el plan de gestión ambiental, el monitoreo de la calidad del aire, la fase de abandono, las capacitaciones del personal, el tratamiento de los residuos especiales y los permisos de emisiones gaseosas, agua subterránea y efluentes líquidos.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1: Otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental a la Empresa LOS GROBO AGROPECUARIA S.A. ubicada en la calle Pujol 1600, Circunscripción I, Sección D, Chacra 80-Parcela 1B y Chacra 61-Parcela 1C del Partido de Tandil dedicada al acopio y procesamiento de granos (limpieza y envasado), semillas y especialidades para mercado interno y exportación, anexo venta de agroquímicos, de conformidad a las prescripciones establecidas en la Ley Nº 11.459 de Radicación Industrial de la Provincia de Buenos Aires, su modificatoria 15.107 y sus Decretos Reglamentarios 531/19 y 923/2020.
Artículo 2: El Certificado de Aptitud Ambiental tendrá una validez de 4 años. Al vencimiento de ese plazo, el mismo deberá ser renovado mediante la presentación de una Auditoría Ambiental que dé cuenta del funcionamiento de la empresa e incluya la descripción de los condicionamientos que se desprenden de la revisión del EIA. La misma se revocará de forma automática en caso de un incremento de más de veinte (20) por ciento de su capacidad productiva.
Artículo 3: La empresa deberá implementar las Medidas de Mitigación, el Plan de Gestión Ambiental y los Monitoreos propuestos por los profesionales actuantes. Caso contrario la Autoridad de Aplicación podrá revocar el presente.
Artículo 4: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental se otorga sin perjuicio de la vigencia de toda otra normativa ambiental vigente, exigible en la forma, plazos y alcances que la Autoridad de Aplicación disponga.
Artículo 5: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas Arq. Luciano Lafosse.
Artículo 6: Regístrese, y notifíquese a la parte interesada, tomen nota la Secretaría de Gobierno, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas y oportunamente archívese en la Dirección de origen.
Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas - Intendencia