Boletines/Tandil
Ordenanza Nº 18272/2023
Tandil, 09/11/2023
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Modificase el Artículo IV.10 del Título 2, Capítulo IV, Sección 3 del Anexo A de la Ordenanza 9865/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“IV.10
Para la determinación de la superficie máxima edificable en una parcela, por aplicación del FOS, se deberá considerar la comprendida en la envolvente generada por la proyección normal de todas las superficies cubiertas y semicubierta del edificio sobre el terreno.
No serán incluidas en el cómputo del FOS las superficies semicubiertas generadas por voladizos, aleros o balcones salientes que no superen la medida de 0,60m (sesenta centímetros) desde el plano de la fachada del edificio, como las superficies generadas por estructuras accesorias no permanentes y/o desmontables (marquesinas y similares).
ARTÍCULO 2º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.
Registrada bajo el Nº 18272
REF: Asunto Nº 681/2023 Expte. Nº 2023/06147/00
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)