Boletines/Saladillo
Ordenanza Nº 3954
Saladillo, 13/07/2023
VISTO el expediente N° 209/2023 iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 3039/2023, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la oferta única en la Licitación Pública 5/2023, para el arrendamiento de las áreas libres del Aeródromo Provincial;
que, mediante el expediente N° 2694/I/2023 por medio del cual el Intendente Municipal, Ingeniero José Luis Salomón, solicita se instrumenten los medios necesarios para la realización de una licitación pública de las áreas libres del Aeródromo Provincial, para un contrato anual de arrendamiento para agricultura;
que, mediante el expediente N° 3039/J/2023 el Jefe de la Oficina de Compras solicita se proceda a dar inicio al proceso de licitación pública 05/2023 para el “Arrendamiento para la explotación agropecuaria de las áreas libres del Aeródromo Provincial”;
que, mediante el decreto 1511/2023 se procedió a llamar a Licitación Pública Nº 05/2023 para conceder el “Arrendamiento para la explotación agropecuaria de las áreas libres del Aeródromo Provincial de Saladillo”;
que, a fs. 36/39 obran en el expediente constancias de las publicaciones del llamado a la licitación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario de circulación local “La Mañana”;
que, con fecha 28 de junio de 2.023 se realizó el acto de apertura de sobres correspondientes a la Licitación Pública 05/2023 del cual resulta la existencia de oferta única, siendo esta la de la firma Trezza Cono y José S.A. la cual cotiza un mil seiscientos sesenta (1.660) kg de soja por hectárea por año;
que, mediante decreto 1825/2023 y de acuerdo a lo dispuesto por el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública 05/2023, se conformó la Comisión de Calificación para que intervenga en dicho procedimiento de contratación;
que, a fs. 189 se expide la Comisión de Calificación mencionada, considerando que la única oferta presentada cumple con la totalidad de los requisitos impuestos en el Pliego de Bases y Condiciones, a excepción del Anexo III “Formulario de oferta”, que a pesar de constar en el mismo firma de la apoderada de la razón social, no consta propuesta de cantidad de kilogramos de soja por hectárea ofrecido, sino que dicho ofrecimiento surge de la nota que acompaña “garantía de mantenimiento de oferta”;
que, agrega la Comisión, que en razón de lo expuesto considera oportuno se notifique a la única firma oferente de la Licitación Pública 05/2023 Trezza Cono y José S.A. para que subsane el error y confirme fehacientemente la propuesta económica;
que, a través de la Subsecretaría de Legal y Técnica, el día 30 de junio de 2.023, se notifica a la firma Trezza Cono y José S.A. sobre el faltante del Anexo III “Formulario de oferta” e intima a que en el plazo perentorio de 2 días hábiles subsane expresando su voluntad de oferta, ratificando el monto en kilogramos de soja consignando en la nota anexa a la garantía de mantenimiento de oferta, bajo apercibimiento de interpretar desinterés por el acto licitatorio en cuestión;
que, con fecha 30 de junio de 2.023 presenta nota el único oferente, mediante la cual informa y ratifica que el monto ofrecido en la Licitación Pública 05/2023 es de 1.660 Kg. de soja por hectárea por año;
que, luego de ello toma intervención nuevamente la Comisión de Calificación considerando que, habiéndose aclarado y ratificado la oferta de 1.660 kg de soja por hectárea por año; dicho ofrecimiento resulta superior al piso dispuesto por el Art. 4º de las cláusulas particulares del pliego de la presente licitación, por lo tanto, considera oportuno y conveniente a los intereses municipales que se procede a la adjudicación de la Licitación Pública 05/2023 a la firma Trezza Cono y José S.A.;
que, desde la Dirección de Asuntos Legales se emite dictamen con fecha 07 de julio de 2.023; donde se considera que podría adjudicarse la Licitación Pública 05/2023 a la firma Trezza Cono y José S.A. para el caso que se considere conveniente a los intereses municipales, y que por ser oferta única deberán pasar las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de julio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la oferta única presentada por la firma Trezza Cono y José S.A. en la Licitación Pública 05/2023, la cual cotiza un mil seiscientos sesenta (1660) kilogramos por hectárea por año para el “Arrendamiento para la explotación agropecuaria de las áreas libres del Aeródromo Provincial de Saladillo.-
ARTICULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de julio del año dos mil veintitrés.-
ORDENANZA N° 54/2023.-