Boletines/Brandsen

Decreto Nº2835

Decreto Nº 2835

Brandsen, 21/11/2023

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-34.614/23 por el cual Sarbioli Mario Ramon, DNI: 17.672.998, solicita cambio de razón social bajo el rubro “CARNICERIA Y VENTA DE PRODUCTOS DE GRANJA”, en el inmueble ubicado en calle Ramón Carrillo N° 328, de la ciudad de BRANDSEN, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 10 – Parcela 9a y, correspondiente a la Partida Nº 25042, y;

Considerando

Que a fs. 35 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por el cual Sarbioli Mario Ramon, DNI: 17.672.998, en relación al Inmueble sito en calle Ramón Carrillo N° 328, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 10 – Parcela 9A y, correspondiente a las cuentas 25042 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 1 (uno) por tratarse de rubro “CARNICERIA Y VENTA DE PRODUCTOS DE GRANJA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTICULO 1º.- Otorgase a Sarbioli Mario Ramon, DNI: 17.672.998, un cambio de razón social bajo el rubro “CARNICERIA Y VENTA DE PRODUCTOS DE GRANJA”, en el inmueble ubicado en calle Ramón Carrillo N° 328, de la ciudad de BRANDSEN, identificado catastralmente como: Circ. VI – Sección B – Manzana 10 – Parcela 9a y, correspondiente a la Partida Nº 25042.-

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal. -

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-