Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2793
Brandsen, 07/11/2023
Visto
Visto el Expte. 4015-27678/21 sobre solicitud de condonación y eximición en el pago de tasa municipal, efectuada por el Sr. Gurrieri Ricardo Leonardo, y;
Considerando
Que a fs. 26 obra dictamen de la Jefe de Ingresos Públicos indicando: “Remito las presentes actuaciones al expediente 4015-32203 iniciadas por Gurrieri Ricardo Leonardo, por el que solicita la eximición de las tasas municipales en el inmueble con Pda. 2899 para el ejercicio 2023.
El señor Gurrieri cuenta con el ingreso proveniente de su beneficio previsional, el mismo supera el monto de dos haberes mínimos jubilatorios, el cual a la fecha es de $87.460.
Por todo lo expuesto, es que este Departamento considera pertinente la opinión del D.E para determinar si por razones de carácter socio económicas y contemplado en la Ordenanza Fiscal en su artículo 95º c) considera pertinente aprobar la solicitud de eximición o rechazar la solicitud basado en sus ingresos y proceder al dictado del acto administrativo correspondiente. DEPARTAMENTO DE INGRESOS PUBLICOS.”;
Que el Art 95 de la Ordenanza Fiscal Nº 2250 dispone “Facultase al Departamento Ejecutivo a condonar deudas por capitales e intereses, totales o parciales, respecto de la Tasa por Servicios Municipales por razones socio económicas conforme lo prevé la Ley 14048”;
Que en ese orden de ideas el Art 1º de la ley 14048, faculta a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a condonar hasta la totalidad del capital, como así también los intereses de las tasas municipales, cuando existen razones sociales que así lo justifiquen;
Que este Departamento Ejecutivo estima conveniente la condonación de la deuda en razón de las condiciones de Hecho y Derecho que así lo justifican y en los términos prescriptos por la ley 14.048 y la Ordenanza Fiscal Nº 2250;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTICULO 1°. -Exímase en un cincuenta por ciento (50%) del pago de las tasas por servicios municipales, por el ejercicio 2023, al Sr. Gurrieri Ricardo Leonardo DNI: 8.203.959, Partida Inmobiliaria 2899.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-