Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2781
Brandsen, 06/11/2023
Visto
Visto el expediente Nº 4015-31.196/22, y;
Considerando
Que el Subsecretario Legal y Técnico de esta Municipal mediante Dictamen N° 165/2023 indica: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Llegan las actuaciones a efectos de emitir opinión sobre la situación planteada con respecto a la obra propiedad del JAVIER FERNANDO SEIRA, en el inmueble partida 10015 de Brandsen.-
Del análisis de la situación, entiendo que y deberían hacerse efectivas todas las sanciones que para este tipo de obra, antirreglamentaria, el Código de Edificación y de Faltas tengan previstas.-
Destaco que resultando el Señor Cesar Omar Maureira en su rol profesional el Proyectista y Director Técnico y Ejecutivo de la Obra es responsable con el Constructor y el Instalador, y por ende no podía desconocer que estaban sucediendo tales hechos que se apartan de la normativa, y en su caso debió denunciar su contrato y hacer saber a la Municipalidad la situación generada.-
Es importante destacar que cuando el profesional asume la Dirección Técnica y Ejecutiva de la Obra, la misma implica una responsabilidad que no se agota en la suscripción del plano, sino que se extiende también a velar, como un cuasi-funcionario, por el cumplimiento de la legislación vigente, produciéndose una delegación, por medio de la ley de la función de control y cumplimiento de las normas, más allá del rol primario que en tal sentido tiene la Municipalidad.-
Por lo tanto, correspondería, de estar de acuerdo el D.E. proceder al dictado del acto tal como lo prevee el Código de Edificación en sus arts. 5.6; 5.7, 5.8 y 5.9, dando intervención al Colegio Profesional respectivo. SUBSECRETARIA LEGAL y TECNICA, octubre 30 de 2023. Firmado: Luis Mariano Cowen. Subsecretario Legal y Técnico. Municipalidad de Brandsen;
Que compartiendo la opinión legal vertida por la Subsecretaria Legal y Técnica de esta Municipalidad se dicta el presente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTICULO 1°. –Dese intervención al Colegio Profesional que corresponda como lo establece el Código de Edificación en sus arts. 5.6 – 5.7 – 5.8 y 5.9, respecto de la obra antirreglamentaria propiedad del Sr. Javier Fernando Seira a cargo del profesional Cesar Omar Maureira.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -