Boletines/Brandsen

Decreto Nº2772

Decreto Nº 2772

Brandsen, 02/11/2023

Visto

            Visto el Expte. 4015-32.708/23 sobre solicitud eximición en el pago de tasa de red vial a contribuyentes rurales afectados por el desastre agropecuario, efectuada por el Sr. Larco Ángel Alberto, y;

Considerando

Que mediante el decreto 252/2023 y 848/2023 el departamento ejecutivo de esta municipalidad exime a los contribuyentes rurales del pago de la TASA RED VIAL por SERVICIOS MUNICIPALES;

 

               Que a fs. 7 el Departamento de Ingresos Públicos dictamina:Llegan los presentes actuados, iniciados por al Sr. RICARDO MARTIN MILLAN, por los que solicita en el escrito de fs. 1 la eximición en el pago de la tasa municipal a contribuyentes rurales que grava el inmueble de su propiedad, identificado como partida/s nº 756  para los periodos del ejercicio vigente.

Los requisitos del Decreto  848/2023 sobre eximición por emergencia agropecuaria se encuentran satisfechos, a saber:

  • El solicitante cuenta con el certificado de emergencia agropecuario (fj.3) requisito del Decreto 253/23
  • Larco Ángel Alberto es presidente de la sociedad titular del inmueble según surgen de los informes que se adjuntan al presente expediente (fs. 56)
  • La/s Partida/s objeto del presente se encuentra/n con un convenio vigente de 12 cuotas que al dia de la fecha lleva 9 de 12 cuotas abonadas, por lo que se encuentrea LIBRE DEUDA AL 09/11/2023

 Por lo supra expuesto, es que este Departamento considera pertinente el dictado del acto administrativo correspondiente por la eximición de los periodos 1-10, salvo elevado criterio. DEPARTAMENTO DE INGRESOS PUBLICOS, 02 DE NOVIEMBRE DE 2023;

            Que habiendo cumplimentado los requisitos para acogerse a la eximición mencionada se dicta en consecuencia el presente acto administrativo;

 

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTICULO 1°. -Exímase en un cien por ciento (100%) del pago de la Tasa de Red Vial, en función del decreto 252/2023 y 848/2023, el cual grava el inmueble de su propiedad identificado como partida N° 756, A el Sr. Larco Ángel Alberto, correspondiente al periodo 1 a 10 de 2023.-

 

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda.-

 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-