Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2751
Brandsen, 01/11/2023
Visto
Visto el Expediente N.º 4015-34.480/23 por el cual la Sociedad La Burbuja 3 SRL, CUIT: 30-71810880-9, solicita cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ARTICULOS DE LIMPIEZA”, en el inmueble ubicado en calle Belgrano N°385, de la ciudad de BRANDSEN, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A– Manzana 25 – Parcela 17 y, correspondiente a la Partida Nº 29187, y;
Considerando
Que a fs. 37 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por la Sociedad La Burbuja 3 SRL, CUIT: 30-71810880-9, en relación al Inmueble sito en calle Belgrano N°385, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 25 – Parcela 17 y, correspondiente a las cuentas 29187 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2 (DOS) por tratarse de rubro “VENTA DE ARTICULOS DE LIMPIEZA” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTICULO 1º.- Otorgase a la Sociedad La Burbuja 3 SRL, CUIT: 30-71810880-9 un cambio de razón social bajo el rubro “VENTA DE ARTICULOS DE LIMPIEZA”, en el inmueble ubicado en calle Belgrano N°385, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 25 – Parcela 17 y, correspondiente a la Partida Nº29187.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal. -
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y Hacienda y de Protección Ciudadana y Habilitaciones. -
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese. -