Boletines/Nueve de Julio

Resolución Nº12/2023

Resolución Nº 12/2023

Nueve de Julio, 21/11/2023

Visto

El Expediente EX-2022-00023475- -MUNINUE-MESAE#SAH caratulado Sumario Administrativo – Oliva Ismael.

El procedimiento llevado a cabo en el orden 11 a 15.

Lo dispuesto en acuerdo por el Poder Ejecutivo Municipal, los Representantes de los gremios Municipales y el propio Agente en el orden 23.

Considerando

Que en el orden 2 del expediente EX-2022-00023475- -MUNINUE-MESAE#SAH se encuentra glosada la nota emitida por la Subdirectora General de la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Nueve de Julio solicitando el inicio de sumario administrativo en virtud de las inasistencias injustificadas del agente Oliva Ismael en los meses de Junio, Julio y Agosto del año 2022.

Que durante el año en el que se denunciaron las inasistencias se encontraba vigente el estatuto del empleado Municipal ordenanza 5610/15, que regulaba las sanciones previstas para el caso de faltas por pare de los agentes Municipales.

Que en virtud de que las faltas reiteradas del Agente, lo hacían pasible de sanciones previstas en el art. 64 y cctes de la ordenanza 5610 se sugirió, en el orden 6, la sustanciación de sumario administrativo para determinar la responsabilidad del agente en relación a los hechos detallados.

Que en fecha 19 de octubre de 2022 se ordena por DTO-2022-1891-E-MUNINUE-INT la instrucción del sumario administrativo al agente OLIVA ISMAEL, DNI: 31.172.367, encontrándose a cargo de llevar adelante el procedimiento el Sr. Director de Gestión Judicial de la Municipalidad de Nueve de Julio.

En el orden 13 surge la notificación realizada al Agente para que se presente en el término de 10 días en la Oficina de Gestión Judicial a fin de tomar conocimiento y efectuar descargo correspondiente, a la cual el agente no concurrió ni presento descargo alguno.

Que en fecha 08/11/2022 se realizar nueva notificación a fin de notificarlo de su derecho a alegar respecto al mérito de la prueba obrante en las presentes actuaciones, negándose el agente a atender al oficial notificador, procediendo este último a notificar dejando la notificación bajo puerta.

Que en fecha 23 de noviembre de 2022 (orden 15) surge informe del Director de Gestión Judicial por medio del cual hace mención a que el accionar cometido por el Sr. OLIVA encuadra en la contemplada por el art. 66 inc. 1 bis del Estatuto del Empleado Municipal. Que el sumariado es sujeto pasible de los tipos de sanciones contempladas en el artículo 64., por lo que solicita pasen las actuaciones a la Dirección de recursos humanos para que agreguen copia íntegra del legajo administrativo del agente y cumplido pase a la Junta de Disciplina, conforme art. 75 del Estatuto del Empleado Municipal.

Que en virtud de lo que surge del expediente, de las declaraciones de las partes involucradas, de lo informado por el Sr. Director de Gestión Judicial, la ordenanza 5610/15 Estatuto del empleado Municipal, modificado por la ordenanza 6920/22 Convenio Colectivo de Trabajo, y lo dispuesto por la Junta de Disciplina, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones. RESUELVE:

ARTICULO 1º: Disponer el cierre de la investigación sumarial sin aplicación de Sanción alguna hacía el agente Oliva Ismael, en atención al acuerdo arribado entre los integrantes del Departamento Ejecutivo, los Representantes de los Gremios Municipales y el propio Agente.

ARTICULO 2º: Comuníquese a quienes corresponda. Regístrese.