Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº787/2023

Decreto Nº 787/2023

Coronel Rosales, 16/12/2023

Visto

 Las actuaciones obrantes en el Expediente I-09/23 y Decreto Nº 786/23 y;

Considerando

Que el asueto administrativo dispuesto según decreto 786/23, con fecha 16 de diciembre de 2023, en el marco de una emergencia climática en el Partido de Coronel Rosales , Provincia de Buenos Aires, 

Que la situación de emergencia que fundamentó el acto administrativo indicado en el visto afecta a toda la población del partido de Coronel Rosales, comprendiendo por ella a quienes desempeñan labores en el municipio, 

Que en la fecha está suspendido el suministro de electricidad, internet  como en todo el distrito y en todas las dependencias municipales impidiendo ello, el cumplimiento de las labores cotidianas en condiciones razonables y óptimas atento el no funcionamiento de los sistemas informáticos,

Que no obstante las razones de urgencia y necesidad invocadas, en el Decreto Nº 786/23, llevan  a que las tareas vinculadas a la asistencia en todos sus términos a la población del distrito, el mantenimiento de infraestructura y la seguridad no pueden ser interrumpidas, debiendo por el contrario intensificarse para afrontar  las consecuencias del temporal, 

Que en consecuencia, resulta necesario y oportuno, proceder al dictado del siguiente acto administrativo;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades;  DECRETA

ARTICULO 1º.- Dispónese asueto administrativo para todo el personal dependiente de la Municipalidad de Coronel Rosales, durante los días 18 y 19 de diciembre del año en curso, a excepción de aquellos agentes municipales que por las razones de emergencia dispuestas, deban ser convocados a sus puestos de trabajo, por el Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá las modalidades de prestación de servicios municipales esenciales, garantizando el funcionamiento de   guardias en todos aquellos lugares que resulte necesario.-

ARTICULO 3º.- El asueto administrativo dispuesto en el ARTICULO 1º, se hará extensivo a todo los establecimientos educacionales y/o educativos públicos, estatales y de gestión privada, situados en el Distrito.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gabinete.-   

ARTICULO 5º.- Regístrese.- Tomen conocimiento la Totalidad de las  Secretarías, déjese constancia de ello en el Expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese a las distintas dependencias municipales.- Hecho, archívese.-

DECRETO Nº787/2023