Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 786/2023
Coronel Rosales, 16/12/2023
Visto
El temporal y tormenta que azotó el Partido de Coronel Rosales el día sábado 16 y madrugada del día domingo 17 de diciembre de 2023, habiendo provocado importantes y graves daños materiales en bienes de dominio público y de privados, en infraestructura de servicios esenciales, y
Considerando
Que el referido fenómeno climático resultó de características atípicas, con vientos de más de 120 km. por hora, provocando voladuras y caídas de numerosos techos, carteles, postes, caída de árboles en la vía pública, parques y plazas, cortes y caídas de cables de distintos servicios como energía eléctrica, teléfono, internet y teléfono, produciendo el corte del suministro eléctrico en todo el Distrito y su restablecimiento paulatino, privando en gran parte de la jornada del día de ayer y de hoy de los servicios esenciales;
Que varios edificios públicos se han visto gravemente afectados, entre ellos establecimientos educativos en todos los niveles, Centros de Día, Hospital Municipal EVA PERON, Corralón Municipal, así como también otras dependencias municipales que están siendo relevadas durante la presente jornada;
Que atento la situación provocada por el fenómeno climatológico, se recomienda a toda la población que evite la circulación, movilizando, no transitar por los espacios públicos (plazas y parques), permaneciendo en sus hogares;
Que también se recomienda a toda la población general, que evite la manipulación de cables, reparaciones de cables en la vía pública, debiendo en tales caso comunicarse con empresa prestadora del servicio CEPA;
Que como consecuencia de lo sucedido se constituyó el Comité de Crisis de Emergencia, conformado por el Sr. Intendente Municipal, Secretarios, Directores, Delegados y demás funcionarios municipales, Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos, Hospital Municipal, Cooperativa Eléctrica, Sindicatos y demás instituciones, colaborando y apoyando ante esta circunstancia trágica;
Que las autoridades educativas dispusieron la suspensión de las clases en todos los establecimientos escolares y en todos los niveles;
Que atento la previsión de situaciones que pueden generar grave riesgo para la vida y seguridad de los ciudadanos y habitantes del distrito, que requiere una respuesta urgente por parte del Departamento Ejecutivo, para morigerar para las circunstancias que los aquejan, corresponde y resulta necesario hacer uso de las facultades que otorga la Ley Orgánica de las Municipalidades a sus Órganos de Gobierno,
Que en atención a ello se estima necesario, entre otras cuestiones orientadas a dar cumplimiento a lo expresado en el párrafo anterior, declarar el estado de emergencia en todo el Partido de Coronel Rosales;
Que asimismo dicha normativa autoriza a realizar gastos aún cuando su concepto no haya sido previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas presupuestarias autorizadas destinadas para los casos de epidemias, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos y/o de fuerza mayor, que resulten indispensables y necesario la inminente acción de la Municipalidad, adoptando el procedimiento de regularización de créditos presupuestarios previsto en el mismo, facultando a este Departamento Ejecutivo, a modificar las modalidades de contratación habituales;
Que la Constitución Nacional otorga facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo para actuar en estos casos declarando el estado de emergencia en base al estado de necesidad y urgencia, cuando se encuentren reunidos los extremos exigidos por la normativa indicada, como lo es la necesidad ajena a la voluntad del gobernante, la proporción adecuada entre la finalidad perseguida y las medidas a adoptar y la premura con que deben dictarse los actos administrativos para prevenir y evitar mayores daños;
POR ELLO, El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 y concordantes de la Constitución Nacional, Artículos 107, 108, 119 inciso b, 156 y concordantes de la Ley Orgánicas de las Municipalidades (Decreto Ley Nº 6769/58; DECRETA
ARTICULO 1º: Declarar el ESTADO DE EMERGENCIA durante noventa días, plazo que se puede prorrogar en el supuesto de resultar necesario, en todo el ámbito del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, autorizando a los órganos administrativos competentes y a los funcionarios a su cargo a realizar todos los hechos y actos administrativos necesarios para afrontar y superar la crisis provocada por el fenómeno climático descripto, a contratar y/o adquirir en forma directa bienes, servicios y/o insumos que fueren necesarios para enfrentar los daños ocasionados, evitar mayores pérdidas y proteger la seguridad de las personas.-
ARTICULO 2º: Notifíquese, comuníquese a los diversas áreas y dependencias municipales competentes de conformidad con la legislación vigente.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario Jefe de Gabinete.-
ARTICULO 4º:Regístrese.- Tomen conocimiento la Totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello en el Expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese a las distintas dependencias municipales.- Hecho, archívese.-
DECRETO Nº786/2023