Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4261
Coronel Rosales, 23/11/2023
ORDENANZA
Corresp. Expte. P-86/2023 Alc. 1
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Autorizase el siguiente cuadro tarifario para el servicio de Transporte Urbano de Pasajeros del Distrito de Coronel Rosales prestado por las empresas Compañía Belgrano S.A y Compañía Puntaltense S.A. partir del día:
BOLETO ÚNICO $290 (Pesos doscientos noventa)
BOLETO PUNTA ALTA-VILLA ARIAS $330 (Pesos trescientos treinta)
BOLETO ÚNICO $390 (Pesos trescientos noventa)
BOLETO PUNTA ALTA-VILLA ARIAS $440 (Pesos cuatrocientos cuarenta)
Artículo 2º: Autorícese los siguientes descuentos para abonos del servicio de Transporte Urbano de Pasajeros del distrito de Coronel Rosales:
Artículo 3º: Remítase copia de la presente a la Compañía Belgrano S.A. y la Compañía Puntaltense S.A. para su conocimiento, debiendo comunicar también el aumento otorgado a los efectos de cumplir con el deber de información hacia los usuarios a través de folletería en ventanilla como así también en cada una de las unidades.-
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo deberá dar a conocer a los usuarios sobre el nuevo cuadro tarifario, promocionando los beneficios de SUBE a través de la mayor cantidad posible de medios de comunicaciones, radiales, televisivos, página web. etc.-
Artículo 5º: Derógase por aplicación de lo establecido en la presente, la Ordenanza 4214 y cualquiera que se aponga a la presente.-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo